/ martes 5 de mayo de 2020

Adquisiciones en tiempos de Covid-19

Estamos por ingresar al momento más crítico de la fase tres de la emergencia sanitaria causada por el coronavirus SARS-CoV2. Se estima, entonces, que a mediados de mayo podría haber una saturación en los hospitales COVID, por tal motivo, el sector salud (gobiernos federal y estatales) ya debieron haber tomado las providencias necesarias para enfrentarla, adaptando o reconvirtiendo instalaciones hospitalarias, así como adquiriendo productos, desde batas hasta cubrebocas, pasando por túneles sanitizantes y respiradores artificiales (ventiladores).

En primer término, es de destacarse que la ONU decidió adoptar la resolución presentada por el Gobierno de México, a efecto de evitar la especulación de insumos médicos para atender la pandemia, es decir, en contra del acaparamiento; asimismo, destacar que la Organización Mundial de la Salud respalda las acciones realizadas por el Gobierno de México en lo tocante a la atención a la pandemia.

Uno de los temas sensibles es la adquisición de bienes. Hay quienes advierten que presentarán -o ya presentaron- sendas denuncias a la Fiscalía General de la República y a la Secretaría de la Función Pública porque estiman hay actos de corrupción, señaladamente la adjudicación o compra directa, sin concurso, a proveedores que tienen vínculos con servidores públicos de la 4T, o bien, la compra a sobreprecio, es decir, más caro que el promedio de mercado.

Ciertamente, las instancias correspondientes deberán realizar las investigaciones necesarias, exhaustivas y apegadas a derecho, en donde analizarán y determinarán si se actualizó algún conflicto de interés o se incurrió en responsabilidad. Para tal efecto, deberán considerar también el contexto y los principios constitucionales de conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia (artículo 3, párrafo tercero), la cooperación internacional para el desarrollo, el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos, la lucha por la paz y la seguridad internacionales (artículo 89, fracción X); así como de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado (artículo 134, párrafo cuarto).

Como puede advertirse, el precio no es la única variable para hacer una compra apegada a derecho, pues debe ponderarse también la utilidad y la oportunidad en la adquisición, por ejemplo. Por tanto, si un cubrebocas costaba un dólar en enero, es razonable pensar que, debido a la demanda mundial, en marzo costara tres. En consecuencia, pensar solamente en que se adquirió material médico a un precio más elevado que el normal, es absurdo, pues no nos encontramos en condiciones normales, sino en el centro de una emergencia mundial, cuyos embates más agudos se registran en diferentes días, por lo que en enero había qué ayudar a los hermanos chinos y ahora, en mayo, es el turno de México, por eso China y Estados Unidos lo tienen como un país prioritario, pues hay reciprocidad internacional.

La utilidad del bien adquirido sí constituye una variable indispensable a considerar, por lo que las instancias correspondientes deberán analizar si se cuenta con evidencia científica suficiente que sustente la adquisición de determinados productos y, sobre todo, el efecto protector que tendría con la población.

Estaremos pendientes de los efectos y las responsabilidades en torno a la adquisición de bienes, en medio de la pandemia; por lo pronto, el objetivo inmediato es cuidarnos del coronavirus.

germanrodriguez32@hotmail.com

Estamos por ingresar al momento más crítico de la fase tres de la emergencia sanitaria causada por el coronavirus SARS-CoV2. Se estima, entonces, que a mediados de mayo podría haber una saturación en los hospitales COVID, por tal motivo, el sector salud (gobiernos federal y estatales) ya debieron haber tomado las providencias necesarias para enfrentarla, adaptando o reconvirtiendo instalaciones hospitalarias, así como adquiriendo productos, desde batas hasta cubrebocas, pasando por túneles sanitizantes y respiradores artificiales (ventiladores).

En primer término, es de destacarse que la ONU decidió adoptar la resolución presentada por el Gobierno de México, a efecto de evitar la especulación de insumos médicos para atender la pandemia, es decir, en contra del acaparamiento; asimismo, destacar que la Organización Mundial de la Salud respalda las acciones realizadas por el Gobierno de México en lo tocante a la atención a la pandemia.

Uno de los temas sensibles es la adquisición de bienes. Hay quienes advierten que presentarán -o ya presentaron- sendas denuncias a la Fiscalía General de la República y a la Secretaría de la Función Pública porque estiman hay actos de corrupción, señaladamente la adjudicación o compra directa, sin concurso, a proveedores que tienen vínculos con servidores públicos de la 4T, o bien, la compra a sobreprecio, es decir, más caro que el promedio de mercado.

Ciertamente, las instancias correspondientes deberán realizar las investigaciones necesarias, exhaustivas y apegadas a derecho, en donde analizarán y determinarán si se actualizó algún conflicto de interés o se incurrió en responsabilidad. Para tal efecto, deberán considerar también el contexto y los principios constitucionales de conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia (artículo 3, párrafo tercero), la cooperación internacional para el desarrollo, el respeto, la protección y promoción de los derechos humanos, la lucha por la paz y la seguridad internacionales (artículo 89, fracción X); así como de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado (artículo 134, párrafo cuarto).

Como puede advertirse, el precio no es la única variable para hacer una compra apegada a derecho, pues debe ponderarse también la utilidad y la oportunidad en la adquisición, por ejemplo. Por tanto, si un cubrebocas costaba un dólar en enero, es razonable pensar que, debido a la demanda mundial, en marzo costara tres. En consecuencia, pensar solamente en que se adquirió material médico a un precio más elevado que el normal, es absurdo, pues no nos encontramos en condiciones normales, sino en el centro de una emergencia mundial, cuyos embates más agudos se registran en diferentes días, por lo que en enero había qué ayudar a los hermanos chinos y ahora, en mayo, es el turno de México, por eso China y Estados Unidos lo tienen como un país prioritario, pues hay reciprocidad internacional.

La utilidad del bien adquirido sí constituye una variable indispensable a considerar, por lo que las instancias correspondientes deberán analizar si se cuenta con evidencia científica suficiente que sustente la adquisición de determinados productos y, sobre todo, el efecto protector que tendría con la población.

Estaremos pendientes de los efectos y las responsabilidades en torno a la adquisición de bienes, en medio de la pandemia; por lo pronto, el objetivo inmediato es cuidarnos del coronavirus.

germanrodriguez32@hotmail.com