/ martes 30 de julio de 2019

De la Ignorancia Legislativa Contemporánea

1.- El 2 de mayo de este año en la revista Proceso, se escribió sobre “La absurda iniciativa del senador Monreal”, por parte del constitucionalista Elisur Arteaga Nava: Si el señor senador Monreal no tiene nada que hacer, para que deje de estar ideando tonterías, por qué no lo ponen a hacer algo; por ejemplo: empujar una piedra a lo largo del edificio de su Cámara.”

2.- La expresión, dura, implica una alta censura a una propuesta legislativa calificada como absurda.

3.- Creo que se quedó corto el constitucionalista (y así se lo dije), pero no por rivalizar la censura, sino por la hondura de la propuesta.

4.- Hace poco escribí: ¡Qué peligro es tener poderes legislativos con ignorantes, con violadores de la Constitución!

5.- Y ahora una noticia extraña, que me parece más grave, aparecida el 26 de este mes, en el periódico “Reforma”, que “no se porta bien” según el señor Andrés, en donde se indica: “QUE NADIE se espante, peeero en la Ley de Extinción de Dominio aprobada ayer se coló el fantasma de la expropiación al estilo priista de los años setenta del siglo pasado. Y es que ahora el presidente Andrés Manuel López Obrador podrá despojar a los ciudadanos de sus empresas o propiedades y venderlos ¡sin sentencia de un juez! - (sic)” (sic).

6.- Este jueves, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Y dentro de poco se promulgará. Y todo hace suponer de acuerdo con las noticias, que no habrá necesidad de sentencia de un juez, para permitir una especie de medida cautelar que permita un aseguramiento de bienes, sin garantía de retorno.

7.- Al parecer el artículo 227 de esa Ley expresa que la autoridad administradora podrá proceder a la venta o disposición anticipada, de los bienes sujetos a proceso de extinción de dominio, en delitos muy especiales graves. Ello sin sentencia de culpabilidad, lo que implica gravísimas violaciones constitucionales. De ser cierto esto, seguramente habrá silencio de muchos, lo que puede afectar a todos ya que, si después se obtiene una sentencia absolutoria, no se podrá regresar lo ya vendido. ¿Legalidad? No. ¿Moralidad? Menos. Espero lluevan los amparos. Hay muchas piedras que empujar…

1.- El 2 de mayo de este año en la revista Proceso, se escribió sobre “La absurda iniciativa del senador Monreal”, por parte del constitucionalista Elisur Arteaga Nava: Si el señor senador Monreal no tiene nada que hacer, para que deje de estar ideando tonterías, por qué no lo ponen a hacer algo; por ejemplo: empujar una piedra a lo largo del edificio de su Cámara.”

2.- La expresión, dura, implica una alta censura a una propuesta legislativa calificada como absurda.

3.- Creo que se quedó corto el constitucionalista (y así se lo dije), pero no por rivalizar la censura, sino por la hondura de la propuesta.

4.- Hace poco escribí: ¡Qué peligro es tener poderes legislativos con ignorantes, con violadores de la Constitución!

5.- Y ahora una noticia extraña, que me parece más grave, aparecida el 26 de este mes, en el periódico “Reforma”, que “no se porta bien” según el señor Andrés, en donde se indica: “QUE NADIE se espante, peeero en la Ley de Extinción de Dominio aprobada ayer se coló el fantasma de la expropiación al estilo priista de los años setenta del siglo pasado. Y es que ahora el presidente Andrés Manuel López Obrador podrá despojar a los ciudadanos de sus empresas o propiedades y venderlos ¡sin sentencia de un juez! - (sic)” (sic).

6.- Este jueves, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la Ley Nacional de Extinción de Dominio. Y dentro de poco se promulgará. Y todo hace suponer de acuerdo con las noticias, que no habrá necesidad de sentencia de un juez, para permitir una especie de medida cautelar que permita un aseguramiento de bienes, sin garantía de retorno.

7.- Al parecer el artículo 227 de esa Ley expresa que la autoridad administradora podrá proceder a la venta o disposición anticipada, de los bienes sujetos a proceso de extinción de dominio, en delitos muy especiales graves. Ello sin sentencia de culpabilidad, lo que implica gravísimas violaciones constitucionales. De ser cierto esto, seguramente habrá silencio de muchos, lo que puede afectar a todos ya que, si después se obtiene una sentencia absolutoria, no se podrá regresar lo ya vendido. ¿Legalidad? No. ¿Moralidad? Menos. Espero lluevan los amparos. Hay muchas piedras que empujar…

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