/ jueves 5 de marzo de 2020

El Comité Técnico de Evaluación

El Comité Técnico de Evaluación es el órgano colegiado, creado ex profeso para seleccionar las cuatro listas, de cinco personas cada una, que tengan el mejor perfil para integrarse al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el período correspondiente del 4 de abril de 2020 al 3 de abril de 2029. Los integrantes del Comité deberán ser personas de reconocido prestigio -único requisito constitucional, según el artículo 41, fracción V, apartado A, inciso a)-; y que no hayan sido postulados o ejercido algún cargo de elección popular o hayan desempeñado cargos de dirección en partidos políticos en los últimos cuatro años (requisitos previstos en la convocatoria). El Comité se integra por siete personas: tres nombradas por la Junta de Gobierno y Coordinación Política de la Cámara de Diputados, dos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y dos por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

De conformidad con la convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2020, las designaciones de los órganos autónomos debieron comunicarse a la Junta a más tardar el 26 de febrero de 2020. Así fue.

Molestia mayúscula causó uno de los nombramientos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, al designar a John M. Ackerman R., pues se dice que incumple con el perfil mínimo al tratarse de uno de los ideólogos de la 4T, que forma parte del Consejo del Instituto de Formación Política del Movimiento Regeneración Nacional y que es cónyuge de la titular de la Secretaría de la Función Pública (la última objeción se dice en tono más bajo).

No obstante, como ha quedado advertido supra, el único requisito constitucional es que el aspirante a formar parte del Comité Técnico Evaluador sea una persona de reconocido prestigio y tal requisito se colma de sobra con Ackerman, pues sus credenciales académicas, nacionales e internacionales (entre las que destaca su membresía en el Sistema Nacional de Investigadores, nivel III, obtenido hace años; de los académicos más citados; coordinador de la revista de derecho comparado de la UNAM, entre otras actividades) lo avalan, además de que se trata de un profesor que conoce bien el derecho electoral, pues ha sido una de sus líneas de investigación.

Ackerman niega categóricamente pertenecer a MORENA -como partido político, no así como movimiento social- y, menos aún, formar parte de su grupo dirigente, aceptando que tenía un trabajo académico y honorario en su instituto de formación política.

Probablemente, el quid consiste en señalar en qué consiste un cargo de dirección; pudiera pensarse que éste se trata de un cargo cuyas decisiones implican ejercer gobierno dentro de una institución, y Ackerman no lo hacía.

El nombramiento del investigador ya ha sido impugnado; dudo que prospere la impugnación. En todo caso, una voz discordante abonará a la pluralidad, se espera que eleve el nivel de debate poniendo en el centro del mismo las ideas e incidirá en el desarrollo democrático del país. No debe perderse de vista que Ackerman es uno más de un colegio de siete miembros y que en ese Comité también deberá prevalecer uno de los principios democráticos consistente en la toma de decisiones por mayoría de votos. Así que estemos pendientes del caudal noticiosos que, seguramente, se generará, privilegiando los argumentos.

germanrodriguez32@hotmail.com

El Comité Técnico de Evaluación es el órgano colegiado, creado ex profeso para seleccionar las cuatro listas, de cinco personas cada una, que tengan el mejor perfil para integrarse al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el período correspondiente del 4 de abril de 2020 al 3 de abril de 2029. Los integrantes del Comité deberán ser personas de reconocido prestigio -único requisito constitucional, según el artículo 41, fracción V, apartado A, inciso a)-; y que no hayan sido postulados o ejercido algún cargo de elección popular o hayan desempeñado cargos de dirección en partidos políticos en los últimos cuatro años (requisitos previstos en la convocatoria). El Comité se integra por siete personas: tres nombradas por la Junta de Gobierno y Coordinación Política de la Cámara de Diputados, dos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y dos por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

De conformidad con la convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de febrero de 2020, las designaciones de los órganos autónomos debieron comunicarse a la Junta a más tardar el 26 de febrero de 2020. Así fue.

Molestia mayúscula causó uno de los nombramientos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, al designar a John M. Ackerman R., pues se dice que incumple con el perfil mínimo al tratarse de uno de los ideólogos de la 4T, que forma parte del Consejo del Instituto de Formación Política del Movimiento Regeneración Nacional y que es cónyuge de la titular de la Secretaría de la Función Pública (la última objeción se dice en tono más bajo).

No obstante, como ha quedado advertido supra, el único requisito constitucional es que el aspirante a formar parte del Comité Técnico Evaluador sea una persona de reconocido prestigio y tal requisito se colma de sobra con Ackerman, pues sus credenciales académicas, nacionales e internacionales (entre las que destaca su membresía en el Sistema Nacional de Investigadores, nivel III, obtenido hace años; de los académicos más citados; coordinador de la revista de derecho comparado de la UNAM, entre otras actividades) lo avalan, además de que se trata de un profesor que conoce bien el derecho electoral, pues ha sido una de sus líneas de investigación.

Ackerman niega categóricamente pertenecer a MORENA -como partido político, no así como movimiento social- y, menos aún, formar parte de su grupo dirigente, aceptando que tenía un trabajo académico y honorario en su instituto de formación política.

Probablemente, el quid consiste en señalar en qué consiste un cargo de dirección; pudiera pensarse que éste se trata de un cargo cuyas decisiones implican ejercer gobierno dentro de una institución, y Ackerman no lo hacía.

El nombramiento del investigador ya ha sido impugnado; dudo que prospere la impugnación. En todo caso, una voz discordante abonará a la pluralidad, se espera que eleve el nivel de debate poniendo en el centro del mismo las ideas e incidirá en el desarrollo democrático del país. No debe perderse de vista que Ackerman es uno más de un colegio de siete miembros y que en ese Comité también deberá prevalecer uno de los principios democráticos consistente en la toma de decisiones por mayoría de votos. Así que estemos pendientes del caudal noticiosos que, seguramente, se generará, privilegiando los argumentos.

germanrodriguez32@hotmail.com