/ jueves 21 de abril de 2022

El divorcio incausado y su proceso. Parte II.

El matrimonio es una institución social que se caracteriza principalmente por establecer un vínculo conyugal entre sus miembros, pero cuando la vida en común ya no es la adecuada, es necesario terminar con dicha relación.

En tratándose únicamente de divorcio sin expresión de causa, en una sola audiencia se resolverá, en resumen el Juez abrirá la audiencia preliminar ya comentado en publicación anterior, la cerrará e inmediatamente abrirá la audiencia de juicio, y en esta resolverá y dictará sentencia, ordenará también la devolución de los documentos que se agregaron al escrito inicial de demanda, es muy importante la comparecencia del actor, de la persona que promueve el divorcio o su apoderado legal, desde luego con facultades expresas sobre la disolución del vínculo matrimonial, y para convenir como lo establece el Artículo 783. “Las partes asistirán a las audiencias del procedimiento por sí, o a través de sus representantes. En los juicios orales ordinarios el representante deberá contar con facultades expresas para conciliar, transigir y suscribir el convenio correspondiente.”, debe tomarse en cuenta que no es necesaria la comparecencia de la parte demandada, aún sin la contraparte se resolverá el divorcio. Una vez decretado el mismo se girarán oficios a la Oficialía del Registro Civil donde se celebró el matrimonio para la anotación correspondiente, el juzgado lo hará de manera automática y por línea en los casos de Guanajuato, el interesado debe acudir a su registro civil para concluir con el trámite, debo aclarar que ya no existen actas de divorcio, son anotaciones de divorcio, y en la misma acta de matrimonio se anotará en su reverso una síntesis de la sentencia. Otro punto importante es que también se girarán oficios al registro civil del lugar de nacimiento de cada uno de los divorciados, para que se anote en su acta el divorcio recaído.

Así las cosas, el divorcio sin expresión de causa, es por la libertad, la simple manifestación de la voluntad lisa y llana de uno los cónyuges, en no continuar con el matrimonio ya que no se requiere del consentimiento del otro cónyuge, sin la necesidad de señalar una causa concreta que lo justifique. Como se puede leer el procedimiento es muy rápido, agregando al escrito inicial el original de las actas, de matrimonio, el de nacimiento de cada uno de los esposos, el de los hijos si es que los hay, aclarando que deberá atenderse únicamente la solicitud de divorcio, dejando a salvo los derechos de los hijos. Si Usted se encuentra en este proceso y lo contrademandan reclamándole alimentos, custodia, pérdida de patria potestad, etc., no se preocupe, se resolverá primero el divorcio y después se atenderán estas otras prestaciones, atendiendo la voluntad, al libre desarrollo de la persona, su proyecto de vida, son derechos que prevalecen cuando una persona se casa, pero que también lo es para cuando la misma persona casada decide no seguir en matrimonio con su cónyuge. Leí en algún lugar esto: “El divorcio es un fin horroroso, pero es mejor que vivir un horror sin fin”, ahora bien, con esto no significa que todos los matrimonios deban terminar sus problemas con un divorcio, existen medios alternos, como ayuda profesional, terapias, etc., casa caso tiene su particularidad. Estoy en Facebook Morelos Calixto Lauro.

El matrimonio es una institución social que se caracteriza principalmente por establecer un vínculo conyugal entre sus miembros, pero cuando la vida en común ya no es la adecuada, es necesario terminar con dicha relación.

En tratándose únicamente de divorcio sin expresión de causa, en una sola audiencia se resolverá, en resumen el Juez abrirá la audiencia preliminar ya comentado en publicación anterior, la cerrará e inmediatamente abrirá la audiencia de juicio, y en esta resolverá y dictará sentencia, ordenará también la devolución de los documentos que se agregaron al escrito inicial de demanda, es muy importante la comparecencia del actor, de la persona que promueve el divorcio o su apoderado legal, desde luego con facultades expresas sobre la disolución del vínculo matrimonial, y para convenir como lo establece el Artículo 783. “Las partes asistirán a las audiencias del procedimiento por sí, o a través de sus representantes. En los juicios orales ordinarios el representante deberá contar con facultades expresas para conciliar, transigir y suscribir el convenio correspondiente.”, debe tomarse en cuenta que no es necesaria la comparecencia de la parte demandada, aún sin la contraparte se resolverá el divorcio. Una vez decretado el mismo se girarán oficios a la Oficialía del Registro Civil donde se celebró el matrimonio para la anotación correspondiente, el juzgado lo hará de manera automática y por línea en los casos de Guanajuato, el interesado debe acudir a su registro civil para concluir con el trámite, debo aclarar que ya no existen actas de divorcio, son anotaciones de divorcio, y en la misma acta de matrimonio se anotará en su reverso una síntesis de la sentencia. Otro punto importante es que también se girarán oficios al registro civil del lugar de nacimiento de cada uno de los divorciados, para que se anote en su acta el divorcio recaído.

Así las cosas, el divorcio sin expresión de causa, es por la libertad, la simple manifestación de la voluntad lisa y llana de uno los cónyuges, en no continuar con el matrimonio ya que no se requiere del consentimiento del otro cónyuge, sin la necesidad de señalar una causa concreta que lo justifique. Como se puede leer el procedimiento es muy rápido, agregando al escrito inicial el original de las actas, de matrimonio, el de nacimiento de cada uno de los esposos, el de los hijos si es que los hay, aclarando que deberá atenderse únicamente la solicitud de divorcio, dejando a salvo los derechos de los hijos. Si Usted se encuentra en este proceso y lo contrademandan reclamándole alimentos, custodia, pérdida de patria potestad, etc., no se preocupe, se resolverá primero el divorcio y después se atenderán estas otras prestaciones, atendiendo la voluntad, al libre desarrollo de la persona, su proyecto de vida, son derechos que prevalecen cuando una persona se casa, pero que también lo es para cuando la misma persona casada decide no seguir en matrimonio con su cónyuge. Leí en algún lugar esto: “El divorcio es un fin horroroso, pero es mejor que vivir un horror sin fin”, ahora bien, con esto no significa que todos los matrimonios deban terminar sus problemas con un divorcio, existen medios alternos, como ayuda profesional, terapias, etc., casa caso tiene su particularidad. Estoy en Facebook Morelos Calixto Lauro.