/ viernes 16 de abril de 2021

Equidad de Género

En la actualidad la desigualdad por razón de género e inclusive la no discriminación por la razón de género se han convertido en un tema muy relevante en el marco jurídico de nuestro país y cuando se trata de hombres al cuidado de sus hijos debe ser un aspecto que debe tomarse en cuenta con mucha seriedad.

Hay infinidad de leyes instrumentos legales que están prácticamente diseñados para la protección de los derechos e intereses de la mujer y eso está muy bien, ellas merecen esa protección, pero no debemos de hacer a un lado que también hay hombres buenos, padres buenos y que estos cumplen o inclusive en muchos otros casos realizan un mejor rol en la paternidad que las Madres, razón por la cual es importante que cada asunto donde un hombre defiende sus derechos o los de sus hijos, se trate de manera distinta y que sea tomado con la misma seriedad que cuando una mujer demanda derechos y obligaciones hacia un hombre.

Sin embargo, la realidad es que nos topamos contra muros, mentiras e inclusive la autoridad prejuzga, reitero esa situación es particular ya que no en todos los casos suele ser así, pero si en la mayoría de estos.

Dice atinadamente Genaro González, debemos entender que, por equidad de género se entiende el trato imparcial de mujeres y hombres, según sus necesidades respectivas, ya sea con un trato equitativo o con uno diferenciado pero que se considera equivalente por lo que se refiere a los derechos, los beneficios, las obligaciones y las posibilidades.

El tema de la equidad de género de ninguna manera debe verse como novedoso. Al centro de su disertación se encuentra el problema ancestral de la libertad de la mujer y, al mismo tiempo, del hombre mismo. Ello se debe a que, la libertad no es otra cosa más que ejercer nuestros actos u omisiones con responsabilidad, asumirá las consecuencias de lo que se hace o se deja de hacer. El reto está en hombre y mujer, sin excepciones, porque la libertad, así vista, constituye un derecho fundamental, un derecho general y al mismo tiempo, un derecho general de igualdad.

Por lo tanto, los Juzgadores son quienes tienen la obligación de que la equidad y la justicia sea efectiva para ambos géneros hombres y mujeres, es decir los Juzgadores deben atender los asuntos de manera imparcial, deben atender los asuntos sin caer en las mentiras de uno u otro y atender a la situaciones reales y demostradas en el asunto, además de que en estos casos siempre los más afectados son los menores de edad.

En la actualidad la desigualdad por razón de género e inclusive la no discriminación por la razón de género se han convertido en un tema muy relevante en el marco jurídico de nuestro país y cuando se trata de hombres al cuidado de sus hijos debe ser un aspecto que debe tomarse en cuenta con mucha seriedad.

Hay infinidad de leyes instrumentos legales que están prácticamente diseñados para la protección de los derechos e intereses de la mujer y eso está muy bien, ellas merecen esa protección, pero no debemos de hacer a un lado que también hay hombres buenos, padres buenos y que estos cumplen o inclusive en muchos otros casos realizan un mejor rol en la paternidad que las Madres, razón por la cual es importante que cada asunto donde un hombre defiende sus derechos o los de sus hijos, se trate de manera distinta y que sea tomado con la misma seriedad que cuando una mujer demanda derechos y obligaciones hacia un hombre.

Sin embargo, la realidad es que nos topamos contra muros, mentiras e inclusive la autoridad prejuzga, reitero esa situación es particular ya que no en todos los casos suele ser así, pero si en la mayoría de estos.

Dice atinadamente Genaro González, debemos entender que, por equidad de género se entiende el trato imparcial de mujeres y hombres, según sus necesidades respectivas, ya sea con un trato equitativo o con uno diferenciado pero que se considera equivalente por lo que se refiere a los derechos, los beneficios, las obligaciones y las posibilidades.

El tema de la equidad de género de ninguna manera debe verse como novedoso. Al centro de su disertación se encuentra el problema ancestral de la libertad de la mujer y, al mismo tiempo, del hombre mismo. Ello se debe a que, la libertad no es otra cosa más que ejercer nuestros actos u omisiones con responsabilidad, asumirá las consecuencias de lo que se hace o se deja de hacer. El reto está en hombre y mujer, sin excepciones, porque la libertad, así vista, constituye un derecho fundamental, un derecho general y al mismo tiempo, un derecho general de igualdad.

Por lo tanto, los Juzgadores son quienes tienen la obligación de que la equidad y la justicia sea efectiva para ambos géneros hombres y mujeres, es decir los Juzgadores deben atender los asuntos de manera imparcial, deben atender los asuntos sin caer en las mentiras de uno u otro y atender a la situaciones reales y demostradas en el asunto, además de que en estos casos siempre los más afectados son los menores de edad.