/ jueves 30 de mayo de 2019

Festín tributario

Contribuir para sufragar el gasto público es una obligación de todo mexicano (artículo 31, fracción IV, constitucional), es el acto mediante el cual se le regresa al Estado parte de lo que éste ha dado, tales como las condiciones necesarias para generar riqueza o la posibilidad de consumir productos o servicios que se desean; es el costo de vivir en sociedad. La autoridad responsable de recaudar los tributos federales es el Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; el SAT, pues, es el fisco federal.

Contribuir es una obligación sustantiva de dar; la manera y la temporalidad de hacerlo, se tratan de obligaciones formales. Así, las personas morales deben presentar su declaración anual de impuestos en el mes de marzo, las personas físicas, en abril. Presentada la declaración correspondiente, se hace el balance de ley y, en caso de que el particular contribuyente tenga un saldo a favor, el fisco debe devolverlo. Por cierto, debo señalar que en el año que corre, en mi caso, el fisco fue más eficaz que el año pasado: mis ingresos y deducciones ya estaban precargadas en el sistema electrónico y mi devolución se hizo en menos de 48 horas. Además, según datos oficiales, se presentaron más declaraciones que el ejercicio fiscal pasado, tanto de personas físicas como de morales (lo cual no significa, necesariamente, que se haya registrado mayor recaudación).

Se tiene registradas muchas empresas fantasmas dedicadas a la venta de facturas apócrifas, en demérito de la recaudación, del Estado, del desarrollo, de la sociedad mexicanos. Una verdadera fortuna. Además, en sexenios pasados la política fiscal consistía en hacer condonaciones de impuestos a contribuyentes con ciertas características: cercanos al poder político y con gran capacidad adquisitiva. Otra verdadera fortuna. Así, la cantidad que ingresaba a las arcas federales era inferior a la que potencialmente debía.

Atento a lo anterior, el 20 de mayo de 2019 se emitió el decreto que cancela las condonaciones a grandes contribuyentes, cuya ratio essendi se desprende de los siguientes antecedentes: de 2006 a 2018 se condonaron 400 mil millones de pesos a grandes contribuyentes, suma que equivale a 3.2 veces el presupuesto 2019 para el sector salud, o 1.3 veces el presupuesto 2019 para educación pública, o el 43% de las participaciones federales previstas en el ejercicio fiscal 2019 para las 32 entidades federativas y más de 2400 municipios; es decir, en los sexenios de referencia se incumplían los principios de universalidad y justicia tributaria, así como el de rectoría económica del Estado.

La importancia de la recaudación se explica per se: se requieren los recursos de los contribuyentes para el sostenimiento mismo del Estado, para tener un Estado fuerte, a efecto de que este se encuentre en posibilidad de brindar los servicios públicos necesarios (hospitales, escuelas, carreteras, seguridad, etc.) en estricto cumplimiento al principio tributario de vinculación al gasto público. Además, atento a los principios de proporcionalidad, no debe apretarse tanto a los contribuyentes cautivos ni ser tan laxos con los grandes contribuyentes; tampoco debe darse todo lo recaudado a la clase gobernante, de ahí la justificación del principio de austeridad republicana. Incumplir con tales premisas fueron el origen de la caída de grandes Estados que en forma de imperio lograron trascender, tales como el azteca o el romano.

Celebro, por tanto, la nueva política fiscal que pretende la igualdad tributaria y las facilidades que el fisco brinda al contribuyente para que cumpla con sus deberes tributarios; sin embargo, como no todo es blanco y negro, sino que se admiten matices, lamento los ceses que a fines del año pasado padecieron los servidores públicos adscritos al SAT y que hoy continúa su secuela, pues algunos de ellos se encuentran en el desempleo.

germanrodriguez32@hotmail.com

Contribuir para sufragar el gasto público es una obligación de todo mexicano (artículo 31, fracción IV, constitucional), es el acto mediante el cual se le regresa al Estado parte de lo que éste ha dado, tales como las condiciones necesarias para generar riqueza o la posibilidad de consumir productos o servicios que se desean; es el costo de vivir en sociedad. La autoridad responsable de recaudar los tributos federales es el Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; el SAT, pues, es el fisco federal.

Contribuir es una obligación sustantiva de dar; la manera y la temporalidad de hacerlo, se tratan de obligaciones formales. Así, las personas morales deben presentar su declaración anual de impuestos en el mes de marzo, las personas físicas, en abril. Presentada la declaración correspondiente, se hace el balance de ley y, en caso de que el particular contribuyente tenga un saldo a favor, el fisco debe devolverlo. Por cierto, debo señalar que en el año que corre, en mi caso, el fisco fue más eficaz que el año pasado: mis ingresos y deducciones ya estaban precargadas en el sistema electrónico y mi devolución se hizo en menos de 48 horas. Además, según datos oficiales, se presentaron más declaraciones que el ejercicio fiscal pasado, tanto de personas físicas como de morales (lo cual no significa, necesariamente, que se haya registrado mayor recaudación).

Se tiene registradas muchas empresas fantasmas dedicadas a la venta de facturas apócrifas, en demérito de la recaudación, del Estado, del desarrollo, de la sociedad mexicanos. Una verdadera fortuna. Además, en sexenios pasados la política fiscal consistía en hacer condonaciones de impuestos a contribuyentes con ciertas características: cercanos al poder político y con gran capacidad adquisitiva. Otra verdadera fortuna. Así, la cantidad que ingresaba a las arcas federales era inferior a la que potencialmente debía.

Atento a lo anterior, el 20 de mayo de 2019 se emitió el decreto que cancela las condonaciones a grandes contribuyentes, cuya ratio essendi se desprende de los siguientes antecedentes: de 2006 a 2018 se condonaron 400 mil millones de pesos a grandes contribuyentes, suma que equivale a 3.2 veces el presupuesto 2019 para el sector salud, o 1.3 veces el presupuesto 2019 para educación pública, o el 43% de las participaciones federales previstas en el ejercicio fiscal 2019 para las 32 entidades federativas y más de 2400 municipios; es decir, en los sexenios de referencia se incumplían los principios de universalidad y justicia tributaria, así como el de rectoría económica del Estado.

La importancia de la recaudación se explica per se: se requieren los recursos de los contribuyentes para el sostenimiento mismo del Estado, para tener un Estado fuerte, a efecto de que este se encuentre en posibilidad de brindar los servicios públicos necesarios (hospitales, escuelas, carreteras, seguridad, etc.) en estricto cumplimiento al principio tributario de vinculación al gasto público. Además, atento a los principios de proporcionalidad, no debe apretarse tanto a los contribuyentes cautivos ni ser tan laxos con los grandes contribuyentes; tampoco debe darse todo lo recaudado a la clase gobernante, de ahí la justificación del principio de austeridad republicana. Incumplir con tales premisas fueron el origen de la caída de grandes Estados que en forma de imperio lograron trascender, tales como el azteca o el romano.

Celebro, por tanto, la nueva política fiscal que pretende la igualdad tributaria y las facilidades que el fisco brinda al contribuyente para que cumpla con sus deberes tributarios; sin embargo, como no todo es blanco y negro, sino que se admiten matices, lamento los ceses que a fines del año pasado padecieron los servidores públicos adscritos al SAT y que hoy continúa su secuela, pues algunos de ellos se encuentran en el desempleo.

germanrodriguez32@hotmail.com