/ viernes 30 de julio de 2021

Intestados

Desde que comenzamos a sufrir los estragos de la pandemia, no solamente aprendimos a convivir o respetar ciertas reglas, muchos ciudadanos también comenzamos a aprender cuestiones legales y es que evidentemente las personas que han fallecido a causa de este virus que cada día nos sorprende más, nos hemos dado cuenta el desorden legal que puede una persona dejar a sus seres queridos; y no es un regaño, es solamente generar un orden en nuestro patrimonio.

Con lo anterior quiero decir que muchos sabemos lo que es un testamento y es aquel documento en el cual una persona expresa libremente su voluntad de disponer de sus bienes, derechos y obligaciones y estos son designados a personas determinadas, es decir los famosos herederos, pero qué pasa cuando no tenemos o no hemos realizado nuestro testamento, bueno pues tenemos que abrir un juicio intestamentario o denunciar la muerte de una persona que por lo regular es un ser querido y en algunos casos alguien que nos deba algo.

En este proceso legal a través del cual familiares o inclusive personas que consideren tener un derecho a heredar bienes que la persona que falleció dejó sin designar específicamente a quienes, vamos a proceder a aperturar el juicio mencionado con la finalidad de que el juez competente designe quiénes van a ser los legítimos herederos de esa sucesión y repartirse los bienes, derecho y obligaciones que pudieran existir en ese momento.

Estos juicios se componen de cuatro etapas, denuncia de la sucesión intestamentaria donde se declaran a los herederos y nombran albacea, después la etapa de inventario y avalúos de la sucesión donde se especifica qué bienes existen y el costo de estos, la administración o rendición de cuentas es decir los gastos o ingresos que generan esos bienes en caso de así ser y por último un proyecto de partición y adjudicación de la sucesión; si agotamos las cuatro etapas que componen en un juicio de esta naturaleza debemos ser claros que son muy extensos y es por eso que por lo regular es recomendable incentivar a los interesados a que desde un inicio y si el juicio lo permite se repartan equitativamente esos bienes, derechos y obligaciones con la finalidad de que el juicio sea lo más corto posible y además de que los interesados puedan o tengan esa posibilidad de disfrutar lo antes posible de los bienes que les fueron.

Es por ello que siempre es importante contar con una asesoría que pueda pensar en la negociación y en el convenio para una mejor solución.

Desde que comenzamos a sufrir los estragos de la pandemia, no solamente aprendimos a convivir o respetar ciertas reglas, muchos ciudadanos también comenzamos a aprender cuestiones legales y es que evidentemente las personas que han fallecido a causa de este virus que cada día nos sorprende más, nos hemos dado cuenta el desorden legal que puede una persona dejar a sus seres queridos; y no es un regaño, es solamente generar un orden en nuestro patrimonio.

Con lo anterior quiero decir que muchos sabemos lo que es un testamento y es aquel documento en el cual una persona expresa libremente su voluntad de disponer de sus bienes, derechos y obligaciones y estos son designados a personas determinadas, es decir los famosos herederos, pero qué pasa cuando no tenemos o no hemos realizado nuestro testamento, bueno pues tenemos que abrir un juicio intestamentario o denunciar la muerte de una persona que por lo regular es un ser querido y en algunos casos alguien que nos deba algo.

En este proceso legal a través del cual familiares o inclusive personas que consideren tener un derecho a heredar bienes que la persona que falleció dejó sin designar específicamente a quienes, vamos a proceder a aperturar el juicio mencionado con la finalidad de que el juez competente designe quiénes van a ser los legítimos herederos de esa sucesión y repartirse los bienes, derecho y obligaciones que pudieran existir en ese momento.

Estos juicios se componen de cuatro etapas, denuncia de la sucesión intestamentaria donde se declaran a los herederos y nombran albacea, después la etapa de inventario y avalúos de la sucesión donde se especifica qué bienes existen y el costo de estos, la administración o rendición de cuentas es decir los gastos o ingresos que generan esos bienes en caso de así ser y por último un proyecto de partición y adjudicación de la sucesión; si agotamos las cuatro etapas que componen en un juicio de esta naturaleza debemos ser claros que son muy extensos y es por eso que por lo regular es recomendable incentivar a los interesados a que desde un inicio y si el juicio lo permite se repartan equitativamente esos bienes, derechos y obligaciones con la finalidad de que el juicio sea lo más corto posible y además de que los interesados puedan o tengan esa posibilidad de disfrutar lo antes posible de los bienes que les fueron.

Es por ello que siempre es importante contar con una asesoría que pueda pensar en la negociación y en el convenio para una mejor solución.