/ martes 12 de enero de 2021

La Función Pública de Informar

El Estado, en su acepción clásica, es el conjunto de individuos asentados en un territorio determinado, con un gobierno establecido capaz de ejercer los derechos que la soberanía lleva consigo y que tiene por finalidad alcanzar o lograr el bien común. Así, en sus orígenes, pero ya en la modernidad, el Estado tenía tres funciones elementales: la legislativa, la ejecutiva o administrativa y la judicial. Sin embargo, el Estado, en tanto ficción jurídica y creación social, se modifica y evoluciona en la medida y a la velocidad en que la sociedad lo hace y le impone, para fungir como satisfactor a las demandas y necesidades del colectivo, creando nuevas instituciones, leyes o funciones estatales.

En ese orden de ideas, en los albores del milenio que corre, se creó una institución constitucionalmente autónoma, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), así como sus réplicas estatales, responsables primae facie, de hacer efectivo el derecho humano de los mexicanos a saber, a conocer asuntos públicos y, tangencial y consecuentemente, a transparentar la gestión pública, justificando las decisiones tomadas, sometiéndolas al escrutinio público. Con el transcurso del tiempo, el IFAI cambió su denominación y ahora el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, cuenta con nuevas atribuciones, por ejemplo, su nombre lo indica, la protección de los datos personales, otro derecho humano.

El INAI cuesta dinero, mucho dinero público. Se viven tiempos de austeridad republicana, tiempos cuya pretensión es evitar los excesos pasados a costa del erario.

Además, hay análisis objetivos (véanse opiniones sustentadas de Ernesto Villanueva o de Ulrich Richter, por ejemplo) de que, en determinados asuntos -como en adjudicaciones- hay una deficiente gestión pública al interior de ese organismo constitucionalmente autónomo. No obstante, también hay evidencias y certezas de la adecuada intervención del instituto, a efecto de que los sujetos obligados proporcionen información; es así como, por ejemplo, se dieron a conocer irregularidades colosales, como la denominada Estafa maestra.

Al parecer, el disenso radica en la onerosidad del INAI y en la poca efectividad que ha tenido en algunos asuntos; en consecuencia, estimo que la solución consiste en disminuir racionalmente el presupuesto correspondiente y obligar al cumplimiento normativo, para lo cual, la prédica es un buen ejemplo; podría comenzarse con demandar responsabilidad a los servidores públicos omisos en el cumplimiento de las funciones constitucional y legalmente encomendadas.

Por tanto, la solución idónea no consiste en la supresión del órgano estatal, sino en hacer efectivo su funcionamiento, pues la función que hoy tiene asignada el INAI no es factible que la realice una dependencia de uno de los tres poderes tradicionales, sino, atento a las mejores prácticas internacionales, debería realizarlo un organismo constitucional autónomo, como hoy se encuentra nuestro diseño normativo.

Quedamos atentos y pendientes de lo que ocurra en lo subsecuente en este tema.

germanrodriguez32@hotmail.com

El Estado, en su acepción clásica, es el conjunto de individuos asentados en un territorio determinado, con un gobierno establecido capaz de ejercer los derechos que la soberanía lleva consigo y que tiene por finalidad alcanzar o lograr el bien común. Así, en sus orígenes, pero ya en la modernidad, el Estado tenía tres funciones elementales: la legislativa, la ejecutiva o administrativa y la judicial. Sin embargo, el Estado, en tanto ficción jurídica y creación social, se modifica y evoluciona en la medida y a la velocidad en que la sociedad lo hace y le impone, para fungir como satisfactor a las demandas y necesidades del colectivo, creando nuevas instituciones, leyes o funciones estatales.

En ese orden de ideas, en los albores del milenio que corre, se creó una institución constitucionalmente autónoma, el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), así como sus réplicas estatales, responsables primae facie, de hacer efectivo el derecho humano de los mexicanos a saber, a conocer asuntos públicos y, tangencial y consecuentemente, a transparentar la gestión pública, justificando las decisiones tomadas, sometiéndolas al escrutinio público. Con el transcurso del tiempo, el IFAI cambió su denominación y ahora el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, cuenta con nuevas atribuciones, por ejemplo, su nombre lo indica, la protección de los datos personales, otro derecho humano.

El INAI cuesta dinero, mucho dinero público. Se viven tiempos de austeridad republicana, tiempos cuya pretensión es evitar los excesos pasados a costa del erario.

Además, hay análisis objetivos (véanse opiniones sustentadas de Ernesto Villanueva o de Ulrich Richter, por ejemplo) de que, en determinados asuntos -como en adjudicaciones- hay una deficiente gestión pública al interior de ese organismo constitucionalmente autónomo. No obstante, también hay evidencias y certezas de la adecuada intervención del instituto, a efecto de que los sujetos obligados proporcionen información; es así como, por ejemplo, se dieron a conocer irregularidades colosales, como la denominada Estafa maestra.

Al parecer, el disenso radica en la onerosidad del INAI y en la poca efectividad que ha tenido en algunos asuntos; en consecuencia, estimo que la solución consiste en disminuir racionalmente el presupuesto correspondiente y obligar al cumplimiento normativo, para lo cual, la prédica es un buen ejemplo; podría comenzarse con demandar responsabilidad a los servidores públicos omisos en el cumplimiento de las funciones constitucional y legalmente encomendadas.

Por tanto, la solución idónea no consiste en la supresión del órgano estatal, sino en hacer efectivo su funcionamiento, pues la función que hoy tiene asignada el INAI no es factible que la realice una dependencia de uno de los tres poderes tradicionales, sino, atento a las mejores prácticas internacionales, debería realizarlo un organismo constitucional autónomo, como hoy se encuentra nuestro diseño normativo.

Quedamos atentos y pendientes de lo que ocurra en lo subsecuente en este tema.

germanrodriguez32@hotmail.com