/ jueves 14 de mayo de 2020

Mi Abogado

Debo la Renta

¿Qué Hacer en Esta Época de Cuarentena por el Covid-10?

El arrendamiento de locales o casa habitación, es un contrato que debe ser por escrito, pero en ocasiones también se hace de manera verbal, sobre todo aquellos que son de casa habitación.

El contrato de arrendamiento es en virtud de que dos partes contratantes se obligan recíprocamente: una, a conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra a pagar por ese uso o goce un precio cierto.

Ahora bien, en épocas de emergencia sanitaria como es el caso que nos ocupa del COVID-19, debes estar en aislamiento social, laboral, en cuarentena, porque las autoridades competentes lo recomiendan, debes quedarte en casa sin poder trabajar, y por motivos de salvaguardar la salud, y evitar contagios comunitarios, la economía de las personas se ven afectadas, no pueden pagar sus compromisos económicos, entre ellos las rentas de sus viviendas, muchos despidos injustificados, no tienes un ahorro porque vives al día, tu empresa solo te está pagando un salario mínimo, otros si están cobrando el sueldo completo porque pertenecen al sector público, pero muchos son independientes trabajan por su cuenta que de la misma manera están en igual condiciones, sin un ingreso, y que al día de hoy todos o desde tiempo atrás su preocupación principal es el sustento en la casa.

¿Qué hacer en estos casos?, si vives en una vivienda que no es propia, o tiene un local, el cual la tiene cerrada porque tal vez su actividad no es de los considerados esenciales, ¿Cómo negociar para pagar la renta? Debo decirle que no hay una ley que permita NO pagar la renta en épocas de pandemia, sin embargo, hay opciones que deben tratarse directamente con el arrendador, una de ellas es que el arrendador entienda la contingencia, y le proponga que acepte recibir el importe de la renta al 50%, durante el tiempo que dure la cuarentena, otra opción es que le espere con la renta hasta después de que se reanuden las actividades económicas, otra es condonar uno o dos meses, o bien fijar a plazos el pago de las rentas vencidas, como si se tratara de meses sin intereses. Todo esto debe quedar por escrito para evitar sorpresas y penalizaciones, una vez negociado el acuerdo en cuestiones de pagos o condiciones del mismo arrendamiento debe quedar firmado por ambas partes y que conste en un documento dicho acuerdo.

En conclusión, en época de cuarentena ambas partes arrendador y arrendatario salen afectadas, el propietario tiene garantizado un ingreso económico por la renta, pero no la puede recibir, mientras que el inquilino tiene un lugar dónde vivir y esto genera un pago el cual no puede realizar.

Las tarjetas de crédito, y los préstamos de financieras son una herramienta para casos de emergencia, pero analice si es que debe usar su tarjeta para este tipo de gasto, la situación de hoy nos afecta a todos, es una cadena económica, no quiero decir que no debe pagar, pero recomiendo llegue un acuerdo con su arrendador. Síganme en Facebook. Calixto Lauro Morelos.

Debo la Renta

¿Qué Hacer en Esta Época de Cuarentena por el Covid-10?

El arrendamiento de locales o casa habitación, es un contrato que debe ser por escrito, pero en ocasiones también se hace de manera verbal, sobre todo aquellos que son de casa habitación.

El contrato de arrendamiento es en virtud de que dos partes contratantes se obligan recíprocamente: una, a conceder el uso o goce temporal de una cosa, y la otra a pagar por ese uso o goce un precio cierto.

Ahora bien, en épocas de emergencia sanitaria como es el caso que nos ocupa del COVID-19, debes estar en aislamiento social, laboral, en cuarentena, porque las autoridades competentes lo recomiendan, debes quedarte en casa sin poder trabajar, y por motivos de salvaguardar la salud, y evitar contagios comunitarios, la economía de las personas se ven afectadas, no pueden pagar sus compromisos económicos, entre ellos las rentas de sus viviendas, muchos despidos injustificados, no tienes un ahorro porque vives al día, tu empresa solo te está pagando un salario mínimo, otros si están cobrando el sueldo completo porque pertenecen al sector público, pero muchos son independientes trabajan por su cuenta que de la misma manera están en igual condiciones, sin un ingreso, y que al día de hoy todos o desde tiempo atrás su preocupación principal es el sustento en la casa.

¿Qué hacer en estos casos?, si vives en una vivienda que no es propia, o tiene un local, el cual la tiene cerrada porque tal vez su actividad no es de los considerados esenciales, ¿Cómo negociar para pagar la renta? Debo decirle que no hay una ley que permita NO pagar la renta en épocas de pandemia, sin embargo, hay opciones que deben tratarse directamente con el arrendador, una de ellas es que el arrendador entienda la contingencia, y le proponga que acepte recibir el importe de la renta al 50%, durante el tiempo que dure la cuarentena, otra opción es que le espere con la renta hasta después de que se reanuden las actividades económicas, otra es condonar uno o dos meses, o bien fijar a plazos el pago de las rentas vencidas, como si se tratara de meses sin intereses. Todo esto debe quedar por escrito para evitar sorpresas y penalizaciones, una vez negociado el acuerdo en cuestiones de pagos o condiciones del mismo arrendamiento debe quedar firmado por ambas partes y que conste en un documento dicho acuerdo.

En conclusión, en época de cuarentena ambas partes arrendador y arrendatario salen afectadas, el propietario tiene garantizado un ingreso económico por la renta, pero no la puede recibir, mientras que el inquilino tiene un lugar dónde vivir y esto genera un pago el cual no puede realizar.

Las tarjetas de crédito, y los préstamos de financieras son una herramienta para casos de emergencia, pero analice si es que debe usar su tarjeta para este tipo de gasto, la situación de hoy nos afecta a todos, es una cadena económica, no quiero decir que no debe pagar, pero recomiendo llegue un acuerdo con su arrendador. Síganme en Facebook. Calixto Lauro Morelos.