/ lunes 8 de junio de 2020

Niegan desbloquear cuentas bancarias de cooperativa Cruz Azul

El Juzgado Séptimo de Distrito negó así la suspensión provisional solicitada por Cooperativa

El Juzgado Séptimo de Distrito en materia ‪Administrativa en la Ciudad de México‬, negó levantar el bloqueo de las cuentas bancarias de la cooperativa de la Cruz Azul por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda.

La juez Laura Gutiérrez de Velasco Romo, indicó que en la demanda de garantías promovida por Omar Sánchez Romero, en su carácter de representante legal de la cooperativa, no presentó las documentales que acrediten que es el titular de dichas cuentas.

“Al respecto, con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Amparo, se niega la suspensión provisional solicitada por Cooperativa, para el efecto de que se ordene la suspensión del bloqueo, inmovilización y suspensión de las operaciones de las cuentas bancarias y contratos financieros y bancarios. Luego, a causa de que la parte quejosa no acreditó la titularidad de las cuentas que por esta vía defiende, que justifique el otorgamiento de la medida cautelar, ya que no acompañó medio probatorio alguno del que se aprecie que los actos que reclama inciden dentro de su esfera jurídica, esto es, no demostró ser titular de las cuentas bancarias que por esta vía defiende”, señala en su resolución.

Asimismo, considero que de concederse la medida cautelar, se contravendrían disposiciones de orden público y se causaría perjuicio al interés social, ya que la formalidad de que se trata, exige que con el otorgamiento de la medida cautelar no se siga perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público, y esta exigencia, en el presente caso, no se vería observada.

En otro apartado de su sentencia la juez sostiene que la parte quejosa no acreditó ni de manera indiciaria ser titular de algún derecho que corra peligro de ser transgredido, y susceptible de ser protegido a través de la medida cautelar solicitada.

No obstante, concedió la suspensión provisional solo para el efecto de que la cooperativa pueda disponer de los saldos de las cuentas que fueron aperturadas en la sucursal de Banorte, ubicada en Tula Iturbide, esquina Tulipanes 118, El Salitre, Tula, Hidalgo.

Sobre este último punto, la juez se declaró incompetente para seguir conociendo del asunto, por lo que ordenó turnar el expediente a un juzgado con residencia en Tula.

Te recomendamos el podcast ⬇

Apple Podcasts

Google Podcasts

Spotify

Omny


El Juzgado Séptimo de Distrito en materia ‪Administrativa en la Ciudad de México‬, negó levantar el bloqueo de las cuentas bancarias de la cooperativa de la Cruz Azul por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda.

La juez Laura Gutiérrez de Velasco Romo, indicó que en la demanda de garantías promovida por Omar Sánchez Romero, en su carácter de representante legal de la cooperativa, no presentó las documentales que acrediten que es el titular de dichas cuentas.

“Al respecto, con fundamento en el artículo 128 de la Ley de Amparo, se niega la suspensión provisional solicitada por Cooperativa, para el efecto de que se ordene la suspensión del bloqueo, inmovilización y suspensión de las operaciones de las cuentas bancarias y contratos financieros y bancarios. Luego, a causa de que la parte quejosa no acreditó la titularidad de las cuentas que por esta vía defiende, que justifique el otorgamiento de la medida cautelar, ya que no acompañó medio probatorio alguno del que se aprecie que los actos que reclama inciden dentro de su esfera jurídica, esto es, no demostró ser titular de las cuentas bancarias que por esta vía defiende”, señala en su resolución.

Asimismo, considero que de concederse la medida cautelar, se contravendrían disposiciones de orden público y se causaría perjuicio al interés social, ya que la formalidad de que se trata, exige que con el otorgamiento de la medida cautelar no se siga perjuicio al interés social ni se contravengan disposiciones de orden público, y esta exigencia, en el presente caso, no se vería observada.

En otro apartado de su sentencia la juez sostiene que la parte quejosa no acreditó ni de manera indiciaria ser titular de algún derecho que corra peligro de ser transgredido, y susceptible de ser protegido a través de la medida cautelar solicitada.

No obstante, concedió la suspensión provisional solo para el efecto de que la cooperativa pueda disponer de los saldos de las cuentas que fueron aperturadas en la sucursal de Banorte, ubicada en Tula Iturbide, esquina Tulipanes 118, El Salitre, Tula, Hidalgo.

Sobre este último punto, la juez se declaró incompetente para seguir conociendo del asunto, por lo que ordenó turnar el expediente a un juzgado con residencia en Tula.

Te recomendamos el podcast ⬇

Apple Podcasts

Google Podcasts

Spotify

Omny


Local

La presa Allende antes del lirio

Era fuente de alimento y empleo para lancheros y habitantes de San Miguel de Allende

Policiaca

Hombre abatido por Policía Municipal en El Mayorazgo

El Ejército Mexicano y la Guardia Nacional resguardaron la zona y tomaron datos del ataque

Local

Destinan programa redondeo para rehabilitación de clínica de hemodiálisis

Representantes de las tiendas OXXO de la región, entregaron el cheque de un total de 143 mil 652 pesos a integrantes de la asociación Damas Voluntarias del Hospital General de Celaya

Local

Ómnibus Urbanos y Suburbanos piden que sus unidades obsoletas no sean retiradas

El cabildo aprobó en sesión que las direcciones Jurídica y de Movilidad realicen el documento de respuesta solicitado

Policiaca

Ambulancias y paramédicos estaban relacionadas con un grupo del crimen organizado: Sinhue Rodríguez

Grupos del crimen organizado financian incluso clínicas médicas particulares para atender a sus heridos e incluso argumentó que en Celaya ya habían clausurado algunas.

Local

Aplican vacuna contra la Covid fuera de la Presidencia Municipal

El doctor Ángel Vargas Morales, destacó que las vacunas son seguras y permiten evitar riesgos innecesarios a la salud