/ lunes 14 de diciembre de 2020

Bancos deben regresar dinero a cuentahabientes que no reconocen cargos: SCJN

La resolución dicta que en caso de no hacerlo, la institución deberá pagar por el retraso un 6 por ciento de intereses ordinarios y moratorios

A partir de este lunes, todos los bancos deberán regresar a sus clientes el dinero que corresponda a cargos no reconocidos realizados vía tarjetas de débito, ya que todas las entidades financieras tienen la obligación de conservar y restituir el dinero que les transfiere el cuentahabiente.

Así lo estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al emitir una tesis que indica que, cuando ocurran retiros no reconocidos por el cuentahabiente, la institución bancaria debe responder.

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La resolución beneficia a los usuarios de servicios bancarios que son víctimas de cargos no reconocidos ya que, a decir de ministros de la Primera Sala, cuando el titular de una cuenta de depósito de dinero denuncia retiros no autorizados mediante el uso de su tarjeta de débito, la institución financiera debe retribuir las cantidades retiradas.

En caso de no hacerlo, el banco debe “pagar intereses ordinarios y moratorios por el retraso en que incurra a razón del 6 por ciento”, se lee en el fallo de la SCJN. “La obligación de reembolso en el caso de cargos no reconocidos se contrae cuando el titular de la tarjeta de débito denuncia el hecho a la institución y solicita su restitución”, indicaron los ministros.

La resolución publicada en el Semanario Judicial de la Federación considera que en el contrato de depósito de dinero, el depositario tiene un deber de cuidado sobre el dinero que le entrega el depositante.

La obligación de reembolso en el caso de cargos no reconocidos se contrae cuando el titular de la tarjeta de débito denuncia el hecho a la instituciónFallo de la Corte

“Si alguien distinto al titular de la cuenta realiza un cargo que éste no reconoce y genera un menoscabo en su patrimonio, es posible presumir un descuido y, por ende, la obligación del depositario de responder al depositante, lo que lo coloca en una posición de deudor frente al tarjetahabiente acreedor”.

Esta resolución se tomó luego de que varios clientes, sobre todo del banco Santander, presentaran quejas ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), acusando que las instituciones bancarias habían aprobado cargos no reconocidos, lo cual los habría hecho perder importantes sumas de dinero.

La tesis se publicó el viernes pasado en el Semanario Judicial de la Federación, por lo que su aplicación se vuelve obligatoria a partir de hoy.





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A partir de este lunes, todos los bancos deberán regresar a sus clientes el dinero que corresponda a cargos no reconocidos realizados vía tarjetas de débito, ya que todas las entidades financieras tienen la obligación de conservar y restituir el dinero que les transfiere el cuentahabiente.

Así lo estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al emitir una tesis que indica que, cuando ocurran retiros no reconocidos por el cuentahabiente, la institución bancaria debe responder.

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La resolución beneficia a los usuarios de servicios bancarios que son víctimas de cargos no reconocidos ya que, a decir de ministros de la Primera Sala, cuando el titular de una cuenta de depósito de dinero denuncia retiros no autorizados mediante el uso de su tarjeta de débito, la institución financiera debe retribuir las cantidades retiradas.

En caso de no hacerlo, el banco debe “pagar intereses ordinarios y moratorios por el retraso en que incurra a razón del 6 por ciento”, se lee en el fallo de la SCJN. “La obligación de reembolso en el caso de cargos no reconocidos se contrae cuando el titular de la tarjeta de débito denuncia el hecho a la institución y solicita su restitución”, indicaron los ministros.

La resolución publicada en el Semanario Judicial de la Federación considera que en el contrato de depósito de dinero, el depositario tiene un deber de cuidado sobre el dinero que le entrega el depositante.

La obligación de reembolso en el caso de cargos no reconocidos se contrae cuando el titular de la tarjeta de débito denuncia el hecho a la instituciónFallo de la Corte

“Si alguien distinto al titular de la cuenta realiza un cargo que éste no reconoce y genera un menoscabo en su patrimonio, es posible presumir un descuido y, por ende, la obligación del depositario de responder al depositante, lo que lo coloca en una posición de deudor frente al tarjetahabiente acreedor”.

Esta resolución se tomó luego de que varios clientes, sobre todo del banco Santander, presentaran quejas ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), acusando que las instituciones bancarias habían aprobado cargos no reconocidos, lo cual los habría hecho perder importantes sumas de dinero.

La tesis se publicó el viernes pasado en el Semanario Judicial de la Federación, por lo que su aplicación se vuelve obligatoria a partir de hoy.





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