/ martes 19 de abril de 2022

Insistirán a IMSS para que acepte terreno

Hay gran posibilidad que se concrete hospital de especialidades en esta administración municipal

CELAYA, Gto. (OEM-Informex).- Son amplias las posibilidades de que en esta administración de Javier Mendoza Márquez se concrete la construcción del hospital de especialidades de primer nivel del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Celaya, después de que en la administración de Ramón Lemus Muñoz Ledo se tocó fuerte el tema de la necesidad del hospital, se adquirió un terreno de 4 hectáreas rumbo al camino de San José de Guanajuato, mismo que costó alrededor de 22 millones de pesos y el cual no fue validado por el Instituto por no tener las características requeridas. Sobre el tema, en la pasada administración de Elvira Rodríguez Paniagua, no se logró nada.

Sergio Martínez León, director del Instituto Municipal de Investigación, Planeación y Estadística (IMIPE), dijo que además de buscar otro terreno que cumpla, aunque es difícil resaltó que el gobierno municipal insistirá para que acepten el que se compró en la administración de Ramón Lemus; ya que se debe cumplir con aspectos legales, con condiciones físicas e hidrometeorológicas, restricciones de ubicación y condiciones del medio físico natural, todas muy específicas; lo que ha complicado la búsqueda.


Te puede interesar: Desmiente supuesta unificación de instituciones de salud en un solo sistema


PETICIÓN DIRECTA A AMLO

La necesidad de este hospital para Celaya y la región se revivió de manera contundente cuando el pasado 26 de enero el presidente municipal Javier Mendoza Márquez pidió al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, la construcción del hospital, en esa ocasión el edil acompañó al gobernador y otros alcaldes para tocar el tema del agua para Guanajuato.


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Después de la petición al presidente de la república el 4 de febrero, el delegado del IMSS en Guanajuato, Marco Antonio Hernández Carrillo, visitó Celaya para reunirse con el alcalde Mendoza Márquez, para tocar el tema, y en donde además estuvieron la actuaria del IMSS en el estado, Delia Isaías, y los empresarios Juan Yúdico presente del Consejo Coordinación Empresarial, Mario Coello presidente de la Coparmex y Jesús Torres empresario inmobiliario del municipio.


Desde hace muchos años que el hospital del IMSS en esta saturado. | Foto: Luis García | El Sol del Bajío



ZOÉ ROBLEDO DE VISITA EN CELAYA

A principios de marzo el gobernador de Guanajuato, Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, se reunió con el director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo; estuvieron también los alcaldes de Celaya y Salamanca, Irapuato y Silao, donde solo se acordó ampliar la infraestructura médica de dicho instituto en la entidad.

Días después de la reunión del mandatario estatal y el alcalde de Celaya con Zoé Robledo, en entrevista con El Sol del Bajío el ex alcalde y empresario Ismael Pérez Ordaz, dijo que en dicha reunión se había descartado la construcción de un nuevo hospital para Celaya este año, por falta del terreno adecuado, y solo quedó abierta la posibilidad de construir una nueva Unidad de Medicina Familiar (UMF) solo con consultorios.




Ante las declaraciones del empresario, en entrevista el alcalde celayense reconoció y mencionó que en la reunión con Zoé Robledo, el funcionario federal en ese momento solo ofreció para Celaya, que podría haber mejoras en la infraestructura actual.

Por lo anterior el presidente municipal Javier Mendoza Márquez dijo que se buscará tener el terreno para presentarlo al director general del IMSS, Zoé Robledo, porque; "si no hay terreno, no avanza la gestión". Y comisionó al director del IMIPE, Sergio Martínez León, para que busque el terreno de cinco hectáreas que es lo que se requiere, Mendoza Márquez, en todo momento se ha pronunciado por la necesidad de una clínica de especialidades, pero si no hay terreno, no se avanza con la gestión.

ESPECIFICACIONES DE TERRENOS

Las especificaciones que deben tener los terrenos ya las tiene el municipio y se deben considerar para su selección para las unidades médicas del IMSS, "Procedimiento para la selección y evaluación de terrenos, mediante el uso del sistema Integral de Control y Seguimiento de la Infraestructura Inmobiliaria (SICSll)"

Para la Unidad de Medicina Familiar de 20 consultorios con atención médica continua, es de una superficie mínima requerida es de 20 mil metros cuadrados; mientras que para el Hospital General de Zona de 144 camas tiene que ser de 40 mil metros cuadrados.

CONDICIONES DEL MEDIO FÍSICO NATURAL Y MODIFICADO APTAS.

Condiciones del medio físico natural y modificado, aptas para la posible construcción de infraestructura Médica y No Médica:

*Los terrenos deberán ser preferentemente rectangulares con una proporción igual o menor a 1 a 2, con un (+/-) 5% de tolerancia.

*Los ter renos deberán contemplar al menos dos frentes, o en su caso estar ubicados sobre vías primarias o de fácil accesos vehicular o ser colindantes con terrenos de unidades médicas o no médicas ya construidas.

*El acceso principal al predio y en su oportunidad a la Unidad, deberá realizarse a través de vialidades primarias o secundarias.

*La topografía preferentemente deberá ser plana. Si alguno de los terrenos no cumple con este supuesto, se deberá desarrollar un proyecto arquitectónico que contenga las acciones necesarias para mitigar el declive o pendiente, tales como terrazas, plataformas y rampas, desniveles.

*Para los predios con masas arbóreas. Solamente se permitirá de un 5 a 10% de la totalidad de la superficie del terreno cubierto con masas arbóreas, siempre y cuando su ubicación no afecte el sembrado del proyecto y no sean especies protegidas. En casos debidamente justificados, cuando se rebasen el porcentaje señalado, se deberá contar con los permisos de tala de árboles de las autoridades competentes, en términos de la "Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente" y demás normatividad en la materia.

*Los terrenos se deberán ubicar, preferentemente, lo más cercano posible al centro de la población, localidad o ciudad, a la que se prestará el servicio.

*Los predios seleccionados deberán contar en su momento, con el documento oficial emitido por la SEMAR NAT, en el que se indique que no tiene restricciones de uso forestal, ecológico, de selvas, de zonas áridas o área protegida, y en su caso el cambio de uso de suelo.

*Los terrenos deberán contar con la factibilidad de uso de suelo compatible con el inmueble a desarrollar (médicas y no médicas) emitido por las autoridades Municipales, Estatales o Federales correspondientes.

*Los terrenos deberán estar contemplados dentro del plan de desarrollo urbano vigente de la localidad debidamente a autorizado por las autoridades competentes, para el uso que se le vaya a definir.

ASPECTO LEGAL

En el aspecto legal, hay restricciones que se deben considerar antes de adquirir un terreno para la construcción de infraestructura médica y no médica como:

*Terrenos ubicados en zona ejidal o comunal (en el caso de obtenerlo por donación, se deberá contar con la respectiva "Acta de la Asamblea Ejidal" debidamente legalizada).

*Terrenos intestados, hipotecados o en litigio.

*Terrenos con restricciones de uso ecológico, forestal, selvas o zonas áridas, clasificados por SEMARNAT y/o protegidos por el INAH.

*En Contrato en Comodato o con Nuda Propiedad.

*Terrenos no compatibles con uso de suelo para "Servicios de Salud".

*Terrenos Arrendados o Prestados.

CONDICIONES FÍSICAS E HIDROMETEOROLÓGICAS.

Las condiciones del medio físico natural, no aptas para la construcción de Infraestructura Médica y No Médica son:

*Terrenos inundables (como depresiones, en las márgenes de ríos o arroyos, planicies de inundación y abanicos aluviales).

*Los ubicados en áreas con peligro de desbordamiento de ríos.

*Los ubicados en áreas reservadas para recargas de acuíferos.

*Terrenos en cañadas donde se encuentre aluvión suelto o bien fragmentos, cuyo tamaño sea mayor de 0.40 m. (lo anterior indica que ahí se presentan escurrimientos mayores de 5.00 m/s cuya fuerza de arrastre es importante y pueden provocar decesos en la población.

*Los ubicados a una distancia igual o menor a 500 metros del lindero más cercano a cualquiera de los siguientes establecimientos: bares, cantinas, ambulantaje y centros de reunión que pudieran afectar la imagen institucional, operación y funcionamiento del inmueble.

*Los ubicados a menos de 5O metros de las líneas de electrificación de alta tensión.

*Los ubicados a menos de 30 metros de líneas troncales de electrificación.

*Los ubicados a menos de 3 metros de ramales o líneas de distribución de alumbrado público, teléfono o televisión por cable e Internet.

*Los ubicados dentro de los límites de influencia de campos de aviación según las regulaciones aplicables de la SCT.

*Terrenos ubicados en áreas de relleno provenientes de residuos (desechos) industriales, sanitarios, químicos, petroleros, contaminantes, escombro, basura en general y focos de infección.

*Los ubicados en áreas que fueron utilizados como cementerios.

*Los ubicados dentro del derecho de vía de duetos o tuberías que conduzcan materiales peligrosos, así como de caminos, vías de ferrocarril y cuerpos superficiales de agua.

*Los ubicados dentro del radio de afectación por radiación de centrales núcleo eléctricas o industrias que operen productos radioactivos.

*Los que hayan sido utilizados como depósitos de materiales corrosivos reactivos, explosivos, tóxicos, inflamables, infecciosos o radioactivos.

*Los ubicados dentro del radio de afectación derivado de algún desastre químico causado por fuga, derrame, explosión o incendio de industrias localizadas en la vecindad del mismo.

*Los ubicados en intersecciones con carreteras, vialidades primarias de alta velocidad o vías férreas.

*Terrenos sin posibilidad de dotación de infraestructura urbana (banquetas, guarniciones y calles o vialidades pavimentadas) de servicios públicos (agua potable, drenaje, alcantarillado, energía eléctrica, telefonía, alumbrado público, transporte público y recolección de basura).

*Terrenos localizados junto a ríos o canales a cielo abierto de aguas negras, grises, agrícolas o de escurrimiento pluvial, que representen un foco de infección.

CELAYA, Gto. (OEM-Informex).- Son amplias las posibilidades de que en esta administración de Javier Mendoza Márquez se concrete la construcción del hospital de especialidades de primer nivel del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Celaya, después de que en la administración de Ramón Lemus Muñoz Ledo se tocó fuerte el tema de la necesidad del hospital, se adquirió un terreno de 4 hectáreas rumbo al camino de San José de Guanajuato, mismo que costó alrededor de 22 millones de pesos y el cual no fue validado por el Instituto por no tener las características requeridas. Sobre el tema, en la pasada administración de Elvira Rodríguez Paniagua, no se logró nada.

Sergio Martínez León, director del Instituto Municipal de Investigación, Planeación y Estadística (IMIPE), dijo que además de buscar otro terreno que cumpla, aunque es difícil resaltó que el gobierno municipal insistirá para que acepten el que se compró en la administración de Ramón Lemus; ya que se debe cumplir con aspectos legales, con condiciones físicas e hidrometeorológicas, restricciones de ubicación y condiciones del medio físico natural, todas muy específicas; lo que ha complicado la búsqueda.


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PETICIÓN DIRECTA A AMLO

La necesidad de este hospital para Celaya y la región se revivió de manera contundente cuando el pasado 26 de enero el presidente municipal Javier Mendoza Márquez pidió al presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, la construcción del hospital, en esa ocasión el edil acompañó al gobernador y otros alcaldes para tocar el tema del agua para Guanajuato.


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Después de la petición al presidente de la república el 4 de febrero, el delegado del IMSS en Guanajuato, Marco Antonio Hernández Carrillo, visitó Celaya para reunirse con el alcalde Mendoza Márquez, para tocar el tema, y en donde además estuvieron la actuaria del IMSS en el estado, Delia Isaías, y los empresarios Juan Yúdico presente del Consejo Coordinación Empresarial, Mario Coello presidente de la Coparmex y Jesús Torres empresario inmobiliario del municipio.


Desde hace muchos años que el hospital del IMSS en esta saturado. | Foto: Luis García | El Sol del Bajío



ZOÉ ROBLEDO DE VISITA EN CELAYA

A principios de marzo el gobernador de Guanajuato, Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, se reunió con el director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo; estuvieron también los alcaldes de Celaya y Salamanca, Irapuato y Silao, donde solo se acordó ampliar la infraestructura médica de dicho instituto en la entidad.

Días después de la reunión del mandatario estatal y el alcalde de Celaya con Zoé Robledo, en entrevista con El Sol del Bajío el ex alcalde y empresario Ismael Pérez Ordaz, dijo que en dicha reunión se había descartado la construcción de un nuevo hospital para Celaya este año, por falta del terreno adecuado, y solo quedó abierta la posibilidad de construir una nueva Unidad de Medicina Familiar (UMF) solo con consultorios.




Ante las declaraciones del empresario, en entrevista el alcalde celayense reconoció y mencionó que en la reunión con Zoé Robledo, el funcionario federal en ese momento solo ofreció para Celaya, que podría haber mejoras en la infraestructura actual.

Por lo anterior el presidente municipal Javier Mendoza Márquez dijo que se buscará tener el terreno para presentarlo al director general del IMSS, Zoé Robledo, porque; "si no hay terreno, no avanza la gestión". Y comisionó al director del IMIPE, Sergio Martínez León, para que busque el terreno de cinco hectáreas que es lo que se requiere, Mendoza Márquez, en todo momento se ha pronunciado por la necesidad de una clínica de especialidades, pero si no hay terreno, no se avanza con la gestión.

ESPECIFICACIONES DE TERRENOS

Las especificaciones que deben tener los terrenos ya las tiene el municipio y se deben considerar para su selección para las unidades médicas del IMSS, "Procedimiento para la selección y evaluación de terrenos, mediante el uso del sistema Integral de Control y Seguimiento de la Infraestructura Inmobiliaria (SICSll)"

Para la Unidad de Medicina Familiar de 20 consultorios con atención médica continua, es de una superficie mínima requerida es de 20 mil metros cuadrados; mientras que para el Hospital General de Zona de 144 camas tiene que ser de 40 mil metros cuadrados.

CONDICIONES DEL MEDIO FÍSICO NATURAL Y MODIFICADO APTAS.

Condiciones del medio físico natural y modificado, aptas para la posible construcción de infraestructura Médica y No Médica:

*Los terrenos deberán ser preferentemente rectangulares con una proporción igual o menor a 1 a 2, con un (+/-) 5% de tolerancia.

*Los ter renos deberán contemplar al menos dos frentes, o en su caso estar ubicados sobre vías primarias o de fácil accesos vehicular o ser colindantes con terrenos de unidades médicas o no médicas ya construidas.

*El acceso principal al predio y en su oportunidad a la Unidad, deberá realizarse a través de vialidades primarias o secundarias.

*La topografía preferentemente deberá ser plana. Si alguno de los terrenos no cumple con este supuesto, se deberá desarrollar un proyecto arquitectónico que contenga las acciones necesarias para mitigar el declive o pendiente, tales como terrazas, plataformas y rampas, desniveles.

*Para los predios con masas arbóreas. Solamente se permitirá de un 5 a 10% de la totalidad de la superficie del terreno cubierto con masas arbóreas, siempre y cuando su ubicación no afecte el sembrado del proyecto y no sean especies protegidas. En casos debidamente justificados, cuando se rebasen el porcentaje señalado, se deberá contar con los permisos de tala de árboles de las autoridades competentes, en términos de la "Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente" y demás normatividad en la materia.

*Los terrenos se deberán ubicar, preferentemente, lo más cercano posible al centro de la población, localidad o ciudad, a la que se prestará el servicio.

*Los predios seleccionados deberán contar en su momento, con el documento oficial emitido por la SEMAR NAT, en el que se indique que no tiene restricciones de uso forestal, ecológico, de selvas, de zonas áridas o área protegida, y en su caso el cambio de uso de suelo.

*Los terrenos deberán contar con la factibilidad de uso de suelo compatible con el inmueble a desarrollar (médicas y no médicas) emitido por las autoridades Municipales, Estatales o Federales correspondientes.

*Los terrenos deberán estar contemplados dentro del plan de desarrollo urbano vigente de la localidad debidamente a autorizado por las autoridades competentes, para el uso que se le vaya a definir.

ASPECTO LEGAL

En el aspecto legal, hay restricciones que se deben considerar antes de adquirir un terreno para la construcción de infraestructura médica y no médica como:

*Terrenos ubicados en zona ejidal o comunal (en el caso de obtenerlo por donación, se deberá contar con la respectiva "Acta de la Asamblea Ejidal" debidamente legalizada).

*Terrenos intestados, hipotecados o en litigio.

*Terrenos con restricciones de uso ecológico, forestal, selvas o zonas áridas, clasificados por SEMARNAT y/o protegidos por el INAH.

*En Contrato en Comodato o con Nuda Propiedad.

*Terrenos no compatibles con uso de suelo para "Servicios de Salud".

*Terrenos Arrendados o Prestados.

CONDICIONES FÍSICAS E HIDROMETEOROLÓGICAS.

Las condiciones del medio físico natural, no aptas para la construcción de Infraestructura Médica y No Médica son:

*Terrenos inundables (como depresiones, en las márgenes de ríos o arroyos, planicies de inundación y abanicos aluviales).

*Los ubicados en áreas con peligro de desbordamiento de ríos.

*Los ubicados en áreas reservadas para recargas de acuíferos.

*Terrenos en cañadas donde se encuentre aluvión suelto o bien fragmentos, cuyo tamaño sea mayor de 0.40 m. (lo anterior indica que ahí se presentan escurrimientos mayores de 5.00 m/s cuya fuerza de arrastre es importante y pueden provocar decesos en la población.

*Los ubicados a una distancia igual o menor a 500 metros del lindero más cercano a cualquiera de los siguientes establecimientos: bares, cantinas, ambulantaje y centros de reunión que pudieran afectar la imagen institucional, operación y funcionamiento del inmueble.

*Los ubicados a menos de 5O metros de las líneas de electrificación de alta tensión.

*Los ubicados a menos de 30 metros de líneas troncales de electrificación.

*Los ubicados a menos de 3 metros de ramales o líneas de distribución de alumbrado público, teléfono o televisión por cable e Internet.

*Los ubicados dentro de los límites de influencia de campos de aviación según las regulaciones aplicables de la SCT.

*Terrenos ubicados en áreas de relleno provenientes de residuos (desechos) industriales, sanitarios, químicos, petroleros, contaminantes, escombro, basura en general y focos de infección.

*Los ubicados en áreas que fueron utilizados como cementerios.

*Los ubicados dentro del derecho de vía de duetos o tuberías que conduzcan materiales peligrosos, así como de caminos, vías de ferrocarril y cuerpos superficiales de agua.

*Los ubicados dentro del radio de afectación por radiación de centrales núcleo eléctricas o industrias que operen productos radioactivos.

*Los que hayan sido utilizados como depósitos de materiales corrosivos reactivos, explosivos, tóxicos, inflamables, infecciosos o radioactivos.

*Los ubicados dentro del radio de afectación derivado de algún desastre químico causado por fuga, derrame, explosión o incendio de industrias localizadas en la vecindad del mismo.

*Los ubicados en intersecciones con carreteras, vialidades primarias de alta velocidad o vías férreas.

*Terrenos sin posibilidad de dotación de infraestructura urbana (banquetas, guarniciones y calles o vialidades pavimentadas) de servicios públicos (agua potable, drenaje, alcantarillado, energía eléctrica, telefonía, alumbrado público, transporte público y recolección de basura).

*Terrenos localizados junto a ríos o canales a cielo abierto de aguas negras, grises, agrícolas o de escurrimiento pluvial, que representen un foco de infección.

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