Piden prórroga empresas al IMSS

Para el pago de cuotas obrero-patronales

Luis García | El Sol del Bajío

  · jueves 30 de abril de 2020

Son 25 empresas de la entidad piden prórroga para pagar sus cuartos patronales. | Foto: Alfonso Beber | El Sol del Bajío.

CELAYA, Gto. (OEM-Informex).- En Guanajuato 25 empresas de los municipios del Corredor Industrial han pedido prórroga para el pago de cuotas obrero-patronales, al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), esto durante el periodo marzo-abril.



Las empresas que han solicitado prórroga son de diferentes rubros y las cuales están: 14 en León, 4 de Celaya, 1 Irapuato, 4 en Guanajuato Capital y 2 en Salamanca.


⬇️Da clic aquí⬇️

De acuerdo con información proporcionada por el departamento de comunicación social de la Delegación del IMSS en el estado, no se puede proporcionar el nombre de las empresas y sus ubicaciones exactas para no violentar la ley y proporcionar datos personales.

Además, que cada caso se analiza para ver qué tiempo de prórroga se le da, dependiendo el adeudo que presente.

El pasado lunes 13 de abril a través de un comunicado el Instituto informó que, el Consejo Técnico del IMSS difundió instrumentos legales y administrativos para facilitar pago de cuotas obrero-patronales.



Dentro de los instrumentos legales se encuentran los siguientes:

Primero: Realizar un convenio de pago en parcialidades de cuotas IMSS previsto en la Ley del Seguro Social. En este aspecto se establecen mecanismos de orientación para facilitar la suscripción de dichos convenios, en el entendido de que el importe inicial a cubrir será del 20 por ciento de la cuota patronal y del 100 por ciento de la obrera, el resto podrá diferirse hasta un máximo de 48 meses.

El monto convenido en pago a parcialidades no sufre ninguna modificación y al ser un pago recibido fuera de los plazos legales, genera actualización y recargos.

El beneficio de suscribir este convenio es que la tasa de interés por plazo mensual oscila entre 1.26 por ciento y 1.82 por ciento, en función del plazo elegido de 12, 24 y o más de 24 meses.


⬇️Da clic aquí⬇️

Segundo: Para la suscripción del citado convenio no se requerirá ningún tipo de garantías, esto en virtud de la autorización por el Acuerdo del Consejo Técnico.

Tercero: De cubrir oportunamente los compromisos convenidos las multas pueden ser disminuidas de acuerdo a lo previsto y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2003.

Cuarto: Descuento de hasta 7 días por ausentismos en los casos de ausencia del trabajador en donde subsista la relación laboral. Durante estos días se pagará la cuota que corresponde al Seguro de Enfermedades y Maternidad.



Quinto: En concordancia con la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor decretada por la autoridad sanitaria debido a la epidemia por enfermedad generada por el virus Covid-19, se definieron como días inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2020 hasta la fecha en que el Consejo Técnico determine que han cesado las causas que le dieron origen a todo lo anterior.