/ lunes 26 de julio de 2021

Ratifica Tribunal victoria de Guadalupe Paniagua en Santiago Maravatío

A pesar de comprobarse la participación en casillas de familiares directos del candidato independiente el tribunal electoral fallo a favor de los mismos

SANTIAGO MARAVATIO, Gto. (OEM-Informex).- El Tribunal Electoral ratifica cómputo de la elección de Santiago Maravatío a favor de Guadalupe Paniagua, a pesar de que dos de sus familiares directos fueron funcionarios de casilla.

En punto de las 11:20 horas dio inicio la sesión pública de resolución ordinaria del pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato para la ratificación de la elección a presidencia municipal en Santiago Maravatío.


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El punto principal a discutirse por el pleno jurisdiccional fue relativo a que en dos casillas se realizó la presión en el electorado por el hecho de figurar como integrantes de mesa directiva familiares directos de quienes ocuparon candidaturas independientes a la postre ganadoras, lo cual determinó el tribunal electoral que no se encuentra prohibido por la ley y hacerlo “representaría privar del derecho a la participación pública de los integrantes de la mesa directiva cuestionadas”, señalaron.

La otra vertiente se hizo consistir en que las funcionarias cuestionadas ejercieron presión en algunas de las personas que acudieron a votar en la casilla donde se dice que ofrecieron dinero a cambio de su voto a favor de las candidaturas independientes, declarando que dichas acusaciones fueron infundadas debido a que el material probatorio aportado resultó insuficiente para acreditarlo.

Otro agravio consistió en una aparente presión en el electorado por la supuesta presencia de un sujeto con playera que portaba el logotipo de la candidatura independiente que participaba en la elección, sin embargo, esta incidencia no quedó demostrada pues sólo se tenía el dicho de los actores.

Diversos motivos de inconformidad expusieron los actores en cuanto al retraso injustificado para el inicio de la recepción de la votación en una casilla, pues en el acta respectiva se asentó que comenzó a las 08:46 horas, al respecto se concluyó que los minutos de retraso ocurrieron por la actividad normal que implica la instalación de casilla y llenado de formatos tal como ha sido criterio reiterado a las autoridades electorales jurisdiccionales federales.


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Por otro lado los actores solicitaron el recuento parcial de la votación pues identificaron tres casillas en las que pretendían que el tribunal accediera a las boletas con el fin de identificar y tener acceso directo a cinco votos que estimaban no habían sido calificados debidamente por el Consejo municipal, al respecto se declaró improcedente la petición debido a que ya se había realizado el recuento de los votos en sede administrativa.

Por último se mencionó los actores pretendían la recalificación de cinco votos, sólo uno quedó demostrado que tuvo consideraciones especiales para su calificación, por lo que se propone confirmar el sentido del voto que fue otorgado a las candidaturas independientes.

Los puntos fueron presentados por el secretario coordinador del Magistrado Presidente, Jose Ricardo Aguilar Torres. En la sesión participaron Secretario General Alejandro Javier Martínez; Magistrado Presidente Gerardo Arzola; Magistrada Yari Zapata López; Magistrada María Dolores López, quienes aprobaron por unanimidad y confirmando la votación recibida en las casillas impugnada así como el cómputo municipal, ratificando la victoria del candidato Independiente Guadalupe Paniagua.

SANTIAGO MARAVATIO, Gto. (OEM-Informex).- El Tribunal Electoral ratifica cómputo de la elección de Santiago Maravatío a favor de Guadalupe Paniagua, a pesar de que dos de sus familiares directos fueron funcionarios de casilla.

En punto de las 11:20 horas dio inicio la sesión pública de resolución ordinaria del pleno del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato para la ratificación de la elección a presidencia municipal en Santiago Maravatío.


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El punto principal a discutirse por el pleno jurisdiccional fue relativo a que en dos casillas se realizó la presión en el electorado por el hecho de figurar como integrantes de mesa directiva familiares directos de quienes ocuparon candidaturas independientes a la postre ganadoras, lo cual determinó el tribunal electoral que no se encuentra prohibido por la ley y hacerlo “representaría privar del derecho a la participación pública de los integrantes de la mesa directiva cuestionadas”, señalaron.

La otra vertiente se hizo consistir en que las funcionarias cuestionadas ejercieron presión en algunas de las personas que acudieron a votar en la casilla donde se dice que ofrecieron dinero a cambio de su voto a favor de las candidaturas independientes, declarando que dichas acusaciones fueron infundadas debido a que el material probatorio aportado resultó insuficiente para acreditarlo.

Otro agravio consistió en una aparente presión en el electorado por la supuesta presencia de un sujeto con playera que portaba el logotipo de la candidatura independiente que participaba en la elección, sin embargo, esta incidencia no quedó demostrada pues sólo se tenía el dicho de los actores.

Diversos motivos de inconformidad expusieron los actores en cuanto al retraso injustificado para el inicio de la recepción de la votación en una casilla, pues en el acta respectiva se asentó que comenzó a las 08:46 horas, al respecto se concluyó que los minutos de retraso ocurrieron por la actividad normal que implica la instalación de casilla y llenado de formatos tal como ha sido criterio reiterado a las autoridades electorales jurisdiccionales federales.


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Por otro lado los actores solicitaron el recuento parcial de la votación pues identificaron tres casillas en las que pretendían que el tribunal accediera a las boletas con el fin de identificar y tener acceso directo a cinco votos que estimaban no habían sido calificados debidamente por el Consejo municipal, al respecto se declaró improcedente la petición debido a que ya se había realizado el recuento de los votos en sede administrativa.

Por último se mencionó los actores pretendían la recalificación de cinco votos, sólo uno quedó demostrado que tuvo consideraciones especiales para su calificación, por lo que se propone confirmar el sentido del voto que fue otorgado a las candidaturas independientes.

Los puntos fueron presentados por el secretario coordinador del Magistrado Presidente, Jose Ricardo Aguilar Torres. En la sesión participaron Secretario General Alejandro Javier Martínez; Magistrado Presidente Gerardo Arzola; Magistrada Yari Zapata López; Magistrada María Dolores López, quienes aprobaron por unanimidad y confirmando la votación recibida en las casillas impugnada así como el cómputo municipal, ratificando la victoria del candidato Independiente Guadalupe Paniagua.

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