/ martes 28 de mayo de 2019

Corte permite al gobierno de Sonora elegir sus comisionados de transparencia

La Suprema Corte avaló el método de elección para el instituto de transparencia local; el gobierno de Sonora elegirá una terna que será enviada al congreso estatal para su aprobación

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que es constitucional que en el estado de Sonora sea el gobernador quien proponga ante el Congreso a los comisionados del Instituto de Transparencia

Los ministros analizaron la acción de inconstitucionalidad, promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, demandando la invalidez de diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Sonora.

En este sentido validaron la parte del artículo que regula el procedimiento de designación de los comisionados del órgano local de transparencia, el cual estará conformado por tres comisionados que serán nombrados por las dos terceras partes de los diputados presentes en la sesión correspondiente, a propuesta del titular del Poder Ejecutivo Estatal, la cual podrá ser rechazada por el congreso del Estado.

En la sesión se consideró que esta disposición no viola los principios generales previstos en el artículo sexto de la Constitución Federal, además de que las entidades federativas no están obligadas a reproducir el modelo federal para la configuración de dichos órganos.

En la sesión del pasado lunes, en este mismo asunto, la corte invalidó los artículos que prorrogaban la duración del cargo de los comisionados del Instituto Sonorense de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, cuando a la conclusión del encargo de siete años, aún no se hubiera designado a quien debiera sustituirlos.

Ello al considerar que esta disposición contravenía la Ley General de la materia, donde se establece que los consejeros de los órganos locales de transparencia durarán en sus cargos siete años.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que es constitucional que en el estado de Sonora sea el gobernador quien proponga ante el Congreso a los comisionados del Instituto de Transparencia

Los ministros analizaron la acción de inconstitucionalidad, promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, demandando la invalidez de diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Sonora.

En este sentido validaron la parte del artículo que regula el procedimiento de designación de los comisionados del órgano local de transparencia, el cual estará conformado por tres comisionados que serán nombrados por las dos terceras partes de los diputados presentes en la sesión correspondiente, a propuesta del titular del Poder Ejecutivo Estatal, la cual podrá ser rechazada por el congreso del Estado.

En la sesión se consideró que esta disposición no viola los principios generales previstos en el artículo sexto de la Constitución Federal, además de que las entidades federativas no están obligadas a reproducir el modelo federal para la configuración de dichos órganos.

En la sesión del pasado lunes, en este mismo asunto, la corte invalidó los artículos que prorrogaban la duración del cargo de los comisionados del Instituto Sonorense de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, cuando a la conclusión del encargo de siete años, aún no se hubiera designado a quien debiera sustituirlos.

Ello al considerar que esta disposición contravenía la Ley General de la materia, donde se establece que los consejeros de los órganos locales de transparencia durarán en sus cargos siete años.

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