/ lunes 4 de julio de 2022

Feminicidio

Un término que cada día resulta más frecuente en nuestra sociedad.

En el Código Penal Federal, el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325, mismo que se define como “La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer”.

Hablar de feminicidio requiere de hablar de género y violencia hacia la mujer, en donde podemos advertir que sucede en todos los niveles de la sociedad, derivando en un sin número de casos en los últimos años, el caso más controversial de los últimos años el de Andrés Filomeno Mendoza Celis el caníbal de Atizapán; lo que conlleva a que el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Arturo Zaldívar se pronuncie dentro de la serie realizada entre Televisa y la Suprema Corte de Justicia de la Nación ‘Caníbal: Indignación Total’…“como país no nos podemos permitir que siga sucediendo, no podemos permitir que se haga costumbre”, misma que fue realizada con el objetivo de llevar una reflexión a la sociedad.

El feminicidio ha tomado una gran preocupación a nivel mundial, en la última década dado el número creciente de feminicidios, La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (AGNU) en el año 2015 aprueba la agenda 2030, formada por diecisiete objetivos en los que se pretende la generación de políticas públicas en los países miembros para los próximos quince años.

En cuanto a la tipificación del feminicidio en México, nace por la necesidad del Estado ante el aumento y la relevancia de la violencia en contra de las mujeres, volviendo imperante se incluyan medidas legislativas para la prevención, sanción y erradicación de la violencia femenina. La tipificación de este delito permite al Estado visualizar la forma de violencia contra las mujeres, las características y estadísticas permitiendo analizar los patrones sociales y el contexto en cual se comete, garantizando un seguimiento adecuado y especializado para ser prevenido, atendido y sancionado.

Esta tipificación ha generado algunas discrepancias entre los juristas del país, siendo que ya existe el delito de “homicidio con agravantes”, como contrapartida se puede señalar que no proviene de un estudio social tan específico en relación a la violencia contra la mujer. La Fiscalía General de la República presentó la propuesta de eliminar el feminicidio, basándose en la dificultad que representa su acreditación para el Ministerio Público, lo que fue desechado por parte del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio bajo el argumento de que no se ha tenido informes de la dificultad para su acreditación, agregando que su organización ha estimulado a que no se den diferencias normativas en dicha tipificación.

Más que un término o definición, lo fundamental es cambiar la ideología de raíz, terminar con los estereotipos que permiten la violencia hacia las mujeres, destacando la importancia de oportunas denuncias y procedimientos penales y judiciales, medidas eficaces que permitan lograr la interrupción de la agresión contra el género femenino persistente en México, salvaguardando la vida de mujeres y la disminución considerable de muertes protegiendo los derechos de las mujeres a vivir “una vida libre de violencia”.

Lilyat55@gmail.com

Facebook: Liliana Arredondo

Un término que cada día resulta más frecuente en nuestra sociedad.

En el Código Penal Federal, el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325, mismo que se define como “La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer”.

Hablar de feminicidio requiere de hablar de género y violencia hacia la mujer, en donde podemos advertir que sucede en todos los niveles de la sociedad, derivando en un sin número de casos en los últimos años, el caso más controversial de los últimos años el de Andrés Filomeno Mendoza Celis el caníbal de Atizapán; lo que conlleva a que el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Arturo Zaldívar se pronuncie dentro de la serie realizada entre Televisa y la Suprema Corte de Justicia de la Nación ‘Caníbal: Indignación Total’…“como país no nos podemos permitir que siga sucediendo, no podemos permitir que se haga costumbre”, misma que fue realizada con el objetivo de llevar una reflexión a la sociedad.

El feminicidio ha tomado una gran preocupación a nivel mundial, en la última década dado el número creciente de feminicidios, La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (AGNU) en el año 2015 aprueba la agenda 2030, formada por diecisiete objetivos en los que se pretende la generación de políticas públicas en los países miembros para los próximos quince años.

En cuanto a la tipificación del feminicidio en México, nace por la necesidad del Estado ante el aumento y la relevancia de la violencia en contra de las mujeres, volviendo imperante se incluyan medidas legislativas para la prevención, sanción y erradicación de la violencia femenina. La tipificación de este delito permite al Estado visualizar la forma de violencia contra las mujeres, las características y estadísticas permitiendo analizar los patrones sociales y el contexto en cual se comete, garantizando un seguimiento adecuado y especializado para ser prevenido, atendido y sancionado.

Esta tipificación ha generado algunas discrepancias entre los juristas del país, siendo que ya existe el delito de “homicidio con agravantes”, como contrapartida se puede señalar que no proviene de un estudio social tan específico en relación a la violencia contra la mujer. La Fiscalía General de la República presentó la propuesta de eliminar el feminicidio, basándose en la dificultad que representa su acreditación para el Ministerio Público, lo que fue desechado por parte del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio bajo el argumento de que no se ha tenido informes de la dificultad para su acreditación, agregando que su organización ha estimulado a que no se den diferencias normativas en dicha tipificación.

Más que un término o definición, lo fundamental es cambiar la ideología de raíz, terminar con los estereotipos que permiten la violencia hacia las mujeres, destacando la importancia de oportunas denuncias y procedimientos penales y judiciales, medidas eficaces que permitan lograr la interrupción de la agresión contra el género femenino persistente en México, salvaguardando la vida de mujeres y la disminución considerable de muertes protegiendo los derechos de las mujeres a vivir “una vida libre de violencia”.

Lilyat55@gmail.com

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