/ jueves 30 de enero de 2020

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Cobranza Extrajudicial con Intimidación, es un Delito

¿Tiene deudas?, ¿Y los despachos de cobranza, le llaman de día y de noche, con amenazas e intimidaciones, para cobrarle? Esto es, ilícito.

Todos hemos sufrido alguna vez, o hemos conocido a alguien que ha sido víctima de intimidaciones y amenazas por Despachos de Cobranza, ¿sabías que esta forma de cobrar, intimidatoria o violenta es ilegal?, conoce lo siguiente: Se entiende por cobranza extrajudicial ilegal al uso de la violencia verbal o intimidatoria, ejercida personalmente o a través de cualquier otro medio, para requerir el pago de una deuda vencida. Regularmente son los despachos de cobranza, es común que estas personas incurran en esta forma de trabajar; podríamos citar algunas causas de reclamación las que pueden encuadrar como un delito y de manera general cito las siguientes: 1.- Amenaza, ofende o intimida al deudor, familiar, compañero de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda, inclusive molestan a las personas que se dio como referencia. 2.- Envían documentos con apariencia de ser escritos judiciales o se ostentan como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad. 3.- Se presentan a tu domicilio de manera arbitraria argumentando que ya existe una orden de embargo, y que van a pasar al interior de tu casa, y que solo van a ver, y empiezan a tomar un inventario de tus bienes. 4.- Realizan gestión de Cobranza con maltrato. 5.- Utilizan nombre o denominación que se asemeja a una institución pública. 6.- Que si no pagas los intereses irán subiendo y te triplican la cuenta.

En el Código Penal del Estado de Guanajuato, contempla un capítulo de Amenazas y Cobranza Extrajudicial Ilícita, en su artículo 176-a, en lo particular establece lo siguiente: “A quien lleve a cabo la cobranza extrajudicial ilícita, se le aplicará de uno a cuatro años de prisión y de diez a cuarenta días multa. Se entiende por cobranza extrajudicial ilícita, el uso de violencia o intimidación, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de un crédito o una deuda derivada de una obligación contenida en las leyes, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza. No constituye intimidación, la información de las consecuencias jurídicas del incumplimiento de pago del adeudo. Si el responsable utiliza documentos o sellos oficiales falsos o incurre en usurpación de funciones públicas o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos.” Lo mismo aplica en créditos hipotecarios, es clara la lectura de este tipo penal, por lo que, si Usted es víctima de este tipo de trato lo que debe hacer es denunciar ante la CONDUSEF, Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, que es una agencia gubernamental del gobierno mexicano que funciona como defensora de los usuarios de cualquier tipo de servicios financieros en México. Los despachos de cobranza, los que están legalmente constituidos, tienen un registro en esta Institución conocida como REDECO, Registro de Despachos de Cobranza, es un Sistema electrónico que contiene información de los Despachos de Cobranza, quienes actúan como intermediarios entre la Entidad Financiera y el Deudor, con el propósito de requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, así como, negociar y reestructurar los créditos, préstamos o financiamientos.

Lamentablemente no tenemos CONDUSEF en Celaya, Gto., la oficina más próxima se localiza en la Ciudad de León, Gto., o en Querétaro. Pero también puede acudir directamente al Ministerio Público. Ahora bien, siempre que haga un pago sea abono o pago total de su deuda, pida su recibo, o que le anoten al reverso del pagaré los abonos, o que le entreguen su pagaré en el caso de pago total, ya que será su defensa para cualquier demanda mercantil, de lo contrario será un poco complicado acreditar sus pagos, tanto el acreedor como el deudor tienen derechos y obligaciones, por lo que, además recomiendo por favor nunca firme un pagaré en blanco, ni vales ni hojas en blanco. Conclusiones: Si Usted tiene una deuda, lo justo es que la pague, ningún profesionista del derecho tiene varita mágica de desaparecer su deuda, negocie, llegue a una solución, evite molestias, y sobre todo no ponga en riesgo su patrimonio. Hasta el próximo jueves, síganme en redes sociales, Facebook: Calixto Lauro Morelos. Correo: calixtolaurom@gmail.com

Cobranza Extrajudicial con Intimidación, es un Delito

¿Tiene deudas?, ¿Y los despachos de cobranza, le llaman de día y de noche, con amenazas e intimidaciones, para cobrarle? Esto es, ilícito.

Todos hemos sufrido alguna vez, o hemos conocido a alguien que ha sido víctima de intimidaciones y amenazas por Despachos de Cobranza, ¿sabías que esta forma de cobrar, intimidatoria o violenta es ilegal?, conoce lo siguiente: Se entiende por cobranza extrajudicial ilegal al uso de la violencia verbal o intimidatoria, ejercida personalmente o a través de cualquier otro medio, para requerir el pago de una deuda vencida. Regularmente son los despachos de cobranza, es común que estas personas incurran en esta forma de trabajar; podríamos citar algunas causas de reclamación las que pueden encuadrar como un delito y de manera general cito las siguientes: 1.- Amenaza, ofende o intimida al deudor, familiar, compañero de trabajo o cualquier otra persona que no tenga relación con la deuda, inclusive molestan a las personas que se dio como referencia. 2.- Envían documentos con apariencia de ser escritos judiciales o se ostentan como representantes de algún órgano jurisdiccional o autoridad. 3.- Se presentan a tu domicilio de manera arbitraria argumentando que ya existe una orden de embargo, y que van a pasar al interior de tu casa, y que solo van a ver, y empiezan a tomar un inventario de tus bienes. 4.- Realizan gestión de Cobranza con maltrato. 5.- Utilizan nombre o denominación que se asemeja a una institución pública. 6.- Que si no pagas los intereses irán subiendo y te triplican la cuenta.

En el Código Penal del Estado de Guanajuato, contempla un capítulo de Amenazas y Cobranza Extrajudicial Ilícita, en su artículo 176-a, en lo particular establece lo siguiente: “A quien lleve a cabo la cobranza extrajudicial ilícita, se le aplicará de uno a cuatro años de prisión y de diez a cuarenta días multa. Se entiende por cobranza extrajudicial ilícita, el uso de violencia o intimidación, ya sea personalmente o a través de cualquier medio, para requerir el pago de un crédito o una deuda derivada de una obligación contenida en las leyes, con independencia del tenedor de los derechos de cobro al momento de llevar a cabo la cobranza. No constituye intimidación, la información de las consecuencias jurídicas del incumplimiento de pago del adeudo. Si el responsable utiliza documentos o sellos oficiales falsos o incurre en usurpación de funciones públicas o de profesión, se aplicarán las reglas del concurso de delitos.” Lo mismo aplica en créditos hipotecarios, es clara la lectura de este tipo penal, por lo que, si Usted es víctima de este tipo de trato lo que debe hacer es denunciar ante la CONDUSEF, Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, que es una agencia gubernamental del gobierno mexicano que funciona como defensora de los usuarios de cualquier tipo de servicios financieros en México. Los despachos de cobranza, los que están legalmente constituidos, tienen un registro en esta Institución conocida como REDECO, Registro de Despachos de Cobranza, es un Sistema electrónico que contiene información de los Despachos de Cobranza, quienes actúan como intermediarios entre la Entidad Financiera y el Deudor, con el propósito de requerir extrajudicialmente el pago de la deuda, así como, negociar y reestructurar los créditos, préstamos o financiamientos.

Lamentablemente no tenemos CONDUSEF en Celaya, Gto., la oficina más próxima se localiza en la Ciudad de León, Gto., o en Querétaro. Pero también puede acudir directamente al Ministerio Público. Ahora bien, siempre que haga un pago sea abono o pago total de su deuda, pida su recibo, o que le anoten al reverso del pagaré los abonos, o que le entreguen su pagaré en el caso de pago total, ya que será su defensa para cualquier demanda mercantil, de lo contrario será un poco complicado acreditar sus pagos, tanto el acreedor como el deudor tienen derechos y obligaciones, por lo que, además recomiendo por favor nunca firme un pagaré en blanco, ni vales ni hojas en blanco. Conclusiones: Si Usted tiene una deuda, lo justo es que la pague, ningún profesionista del derecho tiene varita mágica de desaparecer su deuda, negocie, llegue a una solución, evite molestias, y sobre todo no ponga en riesgo su patrimonio. Hasta el próximo jueves, síganme en redes sociales, Facebook: Calixto Lauro Morelos. Correo: calixtolaurom@gmail.com