Las reglas de la convivencia internacional parecieran diluirse ante los acontecimientos mundiales, el papel de los organismos internacionales pierde fuerza y lo vemos claramente en Palestina en donde no se ha podido parar el genocidio que día a día comete Israel sobre un pueblo indefenso.
El máximo organismo internacional es la Organización de Naciones Unidas (ONU), que está conformado por los países del orbe donde se discute la situación política mundial y los temas relevantes para nuestro planeta, procurando la amistad entre los pueblos y discutiendo controversias entre regiones y países.
En 1961 la ONU convocó a una convención en la ciudad de Viena, Austria, con el objetivo de contribuir al desarrollo de las relaciones amistosas entre las naciones, prescindiendo de sus diferencias de régimen constitucional y social y teniendo como eje las relaciones diplomáticas. A esta reunión de alto nivel se le conoce precisamente como Convención de Viena cuyo documento emitido ha sido firmado por 193 países y entró en vigor en 1964.
La Convención define las funciones, los derechos y las inmunidades de los diplomáticos y sus bienes, así como de los países que los envían y los Estados que reciben a estos funcionarios y sus sedes.
El conocer sobre esta convención internacional nos da elementos para tener un juicio sobre lo que ocurre en Ecuador al ser asaltada la Embajada de México por la fuerza pública y romper con todo lo firmado por el gobierno ecuatoriano.
El documento de la Convención de Viena cuenta con 53 artículos, pero solo mencionaré dos:
— El artículo 22 señala que los locales de las misiones diplomáticas son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión. El Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión o se atente contra su dignidad. Los locales de la misión, su mobiliario y demás bienes situados en ellos, así como los medios de transporte de la misión, no podrán ser objeto de ningún registro, requisa, embargo o medida de ejecución.
— El artículo 45 manifiesta que, en el caso de ruptura de las relaciones diplomáticas entre dos Estados, o si pone término a misión de modo definitivo o temporal, el Estado receptor estará obligado a respetar y a proteger, aun en caso de conflicto armado, los locales de la misión, así como los bienes y archivos…
Todo lo anterior tiene que ver con el asalto a la Embajada mexicana en Ecuador, que no quede duda que no existe justificación por los actos vandálicos que se llevaron a cabo en ella.
Tanto México como Ecuador firmaron los acuerdos de la Convención de Viena. Romper los acuerdos internacionales debe ser inadmisible puesto que alteran las relaciones de amistad y colaboración entre los pueblos y pueden crear conflictos posteriores y casos de impunidad y, por tanto, de repetición.
Las mexicanas y mexicanos sentimos indignación ante los hechos sucedidos y nos asiste el derecho y la razón.
Las arbitrariedades realizadas por el gobierno irrespetuoso de Ecuador, hoy es condenado por la mayoría de los países que integran la comunidad internacional.
Por tanto, debemos exigir que a México se le respete y se sancione de forma ejemplar el asalto a nuestra Embajada.